Micelio

auto — Tribunal Superior de Bucaramanga

Radicado: 2022-00285-01 AUTO ORDENA DEVOLVER EXPEDIENTE

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

PROCESO: VERBAL- RECONOCIMIENTO MEJORAS RADICADO: 68001-31-03-010-2022-00285-01 INTERNO 018/2024 DEMANDANTE: HUGO ORTÍZ MARTINEZ DEMANDADOS: ELÍAS DÍAZ ARDILA, URIEL JED MITCHELL MURILLO y DUBER DÍAZ MURILLO. Auto interlocutorio No 160 TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA SALA CIVIL – FAMILIA Magistrada Sustanciadora: CLAUDIA YOLANDA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ Bucaramanga, veinticinco (25) de julio de dos mil veinticuatro (2.024).

En providencia del 24 de mayo de 2024, este Despacho consideró y resolvió: No es procedente dar trámite ni emitir ningún pronunciamiento sobre la supuesta causal de nulidad contemplada en el numeral 2° del artículo 133 del C.G. del P., especialmente cuando refulge evidente que el motivo de la nulidad se limita a la inconformidad contra los argumentos en los que se basó la decisión emitida en esta instancia, resultando además del todo improcedente cualquier cuestionamiento al tenor de lo previsto en el inciso 2° del artículo 318 del Código General del Proceso.

Rechazar de plano la solicitud de nulidad presentada por el apoderado judicial del demandado, ELÍAS DÍAZ ARDILA, toda vez que al tenor de lo establecido en el inciso 3º del artículo 328 del Código General del Proceso, la competencia de esta instancia se limita a “tramitar y decidir el recurso, condenar en costas y ordenar copias”, acciones que se llevaron a cabo efectivamente, en lo procedente, con la providencia del 15 de mayo de 2024. 1 Auto de interlocutorio No 160 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga Sala Civil- Familia.

Obrante en 01 folio Tramitado el recurso de súplica, y entendiendo que su resolución - que dispuso confirmar el auto suplicado de fecha 24 de mayo de 2024 -, del 12 de julio de 2024, proferida por el señor Magistrado Dr. Carlos Giovanny Ulloa Ulloa, cobró ejecutoria el proveído; y toda vez que se agotó el trámite de esta instancia, se ordena a la secretaría de la sala especializada devolver el expediente al juzgado de origen.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, CLAUDIA YOLANDA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ Magistrada Firmado Por: Claudia Yolanda Rodriguez Rodriguez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 6 Civil Familia Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 1386e4a5d8622e94de47a986ad069c65bd5d311239991ebca34cc87efeca6b22 Documento generado en 25/07/2024 03:46:58 p. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2 Auto de interlocutorio No 160 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga Sala Civil- Familia.

Obrante en 01 folio