RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO Tribunal Superior del Distrito Judicial Sala Penal Montería, Córdoba REPÚBLICA DE COLOMBIA Montería, veinticinco (25) de abril de dos mil veinticinco (2025). Radicación Número: 23 001 22 04000 2025 00106 00. Auto Admisorio Correspondió por reparto al suscrito magistrado la ponencia de la acción de tutela impetrada por el apoderado judicial de Moteros de la Sabana S.A.S. e Inversiones Motos y Motocarros S.A.S., en contra de la Fiscalía 30 Seccional de Tierralta, por la vulneración de los derechos fundamentales de petición, debido proceso, acceso a la administración de justicia y derechos de las víctimas.
Al trámite resulta necesario vincular a las Sras. Natalia Pastrana Argumedo, Josefa Ortiz Acosta, Yennys Odalis Fuentes Salgado, y, en general, a todos los sujetos procesales en el SPOA No. 238076001014202410012, cuyos datos de identificación y notificación deberán ser suministrados por la fiscalía accionada. De otro lado, de acuerdo con el art. 37 del Decreto 2591 de 1991, esta Corporación es competente para resolver de fondo el presente asunto.
En consecuencia, se dispone: Primero. Aprehender el conocimiento en primera instancia de esta acción constitucional, reconocer personería jurídica para actuar al Dr. Dubán Darío Hernández Úsuga y otorgar validez a los anexos probatorios aportados. Segundo. Conferir a la Fiscalía 30 Seccional de Tierralta y a los demás sujetos vinculados mencionados en esta providencia, el término de un (01) día hábil, contado a partir de la notificación, para que se pronuncien sobre los hechos expuestos en la demanda y aporten las pruebas que consideren necesarias para soportar su dicho.
Tercero. Ante la eventual imposibilidad de notificación de alguna de las partes, sujetos vinculados o con interés, para su conocimiento, fíjese un aviso en el micrositio web de la Secretaría de esta Sala. 2 Radicado No. 23 001 22 04000 2025 00106 00 Moteros de la Sabana S.A.S. e Inversiones Motos y Motocarros S.A.S. Vs. Fiscalía 30 Seccional de Tierralta Comuníquese lo dispuesto y dese traslado del libelo y sus anexos.
Comuníquese y cúmplase Víctor Ramón Diz Castro Magistrado ponente Firmado Por: Victor Ramon Diz Castro Magistrado Sala 003 Penal Tribunal Superior De Monteria - Cordoba Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 435cce6e52c37cf51108618c5f30aa80acba2110126339a7d4b66cb01ef833d6 Documento generado en 25/04/2025 03:25:59 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica