Micelio

auto — Tribunal Superior de Bucaramanga

Radicado: 124-2024-reconoce personería

Sala: SALA LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA SALA SEGUNDA DE DECISIÓN LABORAL Bucaramanga, cuatro (04) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024). PROCESO: DEMANDANTE: DEMANDADO: RAD. UNICO: RAD. INTERNO: ORDINARIO LABORAL JULIO CESAR QUINCHE AREVALO DRIWALL Y ACABADOS JR S.A.S. Y RAMIREZ MARTINEZ S.A.S. 68001.31.05.004.2022.00113.01 124-2024 Mediante escrito presentado el 31 de julio de 2024, la apoderada judicial del demandado RAMIREZ MARTINEZ S.A.S., presentó renuncia de poder para actuar dentro del proceso de la referencia. Como quiera que la renuncia del poder cumple con los requisitos para ser aceptada, pues se acompañó a su presentación la comunicación enviada a la sociedad demandada en tal sentido, se acepta la renuncia presentada por la Dra. MONIKA LIZETH VERA SARMIENTO, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.098.726.066 de Bucaramanga y Tarjeta Profesional No. 275.953 del Consejo Superior de la Judicatura.

Igualmente, con ocasión al poder allegado1 a las presentes diligencias, se reconoce personería adjetiva al Dr. MIGUEL ANDRÉS PRADA VARGAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 91.510.046 de Bucaramanga y 1 Carpeta digital segunda instancia/Archivo #14. PROCESO: DEMANDANTE: DEMANDADO: RAD. UNICO: RAD. INTERNO: ORDINARIO LABORAL JULIO CESAR QUINCHE AREVALO DRIWALL Y ACABADOS JR S.A.S. Y RAMIREZ MARTINEZ S.A.S. 68001.31.05.004.2022.00113.01 124-2024 tarjeta profesional No. 144.163 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado judicial de RAMIREZ MARTINEZ S.A.S, en los términos y para los efectos que le fue conferido el poder.

NOTIFÍQUESE Firmado Por: Susana Ayala Colmenares Magistrado Sala 1 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 3f4f7745fce10b7495b3f773dc62440c395e58e67cf977bc38d97238eb1004f3 Documento generado en 04/09/2024 03:17:38 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica