IG ABOGADOS Señor HONORABLES DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTA D.C. SALA FAMILIA Magistrada Doctora LUCIA JOSEFINA HERRERA LOPEZ Ciudad No. Expediente 11001-31-10-024-2022-00221-01 Referencia: DIVORCIO Demandante: ADOLFO GUZMAN SALGUERO Demandado: LUZ HELENA GUTIERREZ RAMIREZ Asunto: RECURSO DE REPOSICION AUTO DE FECHA 26 DE AGOSTO DE 2024 NOTIFICADO POR ESTADO EL DIA 27 DE AGOSTO DE 2024 INGRID TERESA GONZALEZ MUÑOZ, mayor de edad, domiciliada en la ciudad de Bogotá, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.338.891 de Bogotá, actuando en calidad de apoderada especial del señor ADOLFO GUZMAN SALGUERO identificado con cedula de ciudadanía No.17.041.678, a través del presente me RECURSO DE REPOSICION Y EN SUBSIDIO APELACION del auto de fecha 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 Y NOTIFICADO por estado el día 27 de agosto de 2024 ASI: ARGUMENTOS: De acuerdo con lo manifestado con por el Alto Tribunal debemos mencionar que e debate aquí dado y que es objeto de recurso extraordinario de casación NO es el estado civil que ya ha sido aceptado en el sentido de declarar el divorcio entre las partes.
De lo anterior debe mencionarse que el debate dentro de este es la DECLARACION Y/O CAMBIO de causal decretada por este Tribunal en el sentido de no confirmar la declaración del divorcio como fue peticionada en la demanda inicial y decretada por parte del Juzgado 24 de Familia de Bogotá que fue la casual 8 del Art. 154 del código civil colombiano que es la separación de cuerpos por mas de dos años; sino que lo que hizo el Tribunal fue cambiar la causal aduciendo que fue por la causal 1 o sea relaciones extramatrimoniales por parte de mi defendido.
Así mismo el Alto Tribunal con el contenido de su fallo, cambio las condiciones legales en relación con la cuota alimentaria a favor de la conyugue la Sra. LUZ ELENA GUTIERREZ RAMIREZ por considerarla victima de la causal primera del Art. 154 del Código Civil y con ello coartando el derecho de mi defendido de solicitar la exoneración de cuota alimentaria, atendiendo las pruebas que se allegaron con la Dirección: Carrera 50 No. 152 – 20 T. 3 Apto 509 Teléfono celular: 3133127006 Correo electrónico: igabogados1@gmail.com; ig_abogados@gmail.com Bogotá- Colombia IG ABOGADOS petición de recurso de casación con la cual de demostró la mala fé por parte de la demandada.
Dado todo lo anterior el Art. 334 del CGP es procedente toda vez que el parágrafo dice “Tratándose de asuntos relativos al estado civil sólo serán susceptibles de casación las sentencias sobre impugnación o reclamación de estado y la declaración de uniones maritales de hecho”; y el divorcio es relativo al estado civil, ya que aquí se declara el hecho de estar casado al hecho de ser divorciado asuntos que son parte de su estado civil y por lo tanto es procedente y no debió rechazarse y debo mencionar que es el estado civil “Se entiende por estado civil legal, a la situación de convivencia administrativamente reconocida de las personas en el momento en que se realiza la recogida de información. Consta de las siguientes modalidades: soltero o soltera, casada o casado, viudo o viuda, separada o separado y divorciado o divorciada” PRETENSION De acuerdo con lo expresado anteriormente solicito al Despacho de la Honorable Tribunal de Distrito Superior de Bogotá Sala Civil Magistrada LUCIA JOSEFINA HERRERA LOPEZ se sirva REVOCAR el auto de fecha 26 de agosto del año 2024 y notificada por estado el día 27 de agosto del año 2024.
Con base en lo anterior proceda admitir el recurso de casación interpuesto de manera oportuna por parte de la suscrita.. INGRID T. GONZALEZ M. c.c. 52.338.891 de Bogotá. T.P. 141.266 C.S de la J. Dirección: Carrera 50 No. 152 – 20 T. 3 Apto 509 Teléfono celular: 3133127006 Correo electrónico: igabogados1@gmail.com; ig_abogados@gmail.com Bogotá- Colombia RV: 110013110024-20220022101 DIVORCIO Secretaría Sala Familia Tribunal Superior - Bogotá - Bogotá D.C. <secfabta@cendoj.ramajudicial.gov.co> Mar 27/08/2024 16:12 Para:Laura Gisselle Torres Perez <ltorrespe@cendoj.ramajudicial.gov.co> 1 archivos adjuntos (144 KB) RECURSO DE REPOSICION RECURSO DE CASACION.pdf;
AVISO IMPORTANTE: Se informa a los usuarios de la Secretaría de la Sala de Familia del Tribunal Superior de Bogotá, que para garantizar el derecho de acceso a la información, se ha habilitado un canal de atención virtual en el horario de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., al cual podrá acceder escaneando el código QR del despacho que conoce su proceso y/o tutela.
De: Ingrid Gonzalez <igabogados1@gmail.com> Enviado: martes, 27 de agosto de 2024 16:09 Para: Secretaría Sala Familia Tribunal Superior - Bogotá - Bogotá D.C. <secfabta@cendoj.ramajudicial.gov.co>; guzado05@gmail.com <guzado05@gmail.com> Asunto: 110013110024-20220022101 DIVORCIO No suele recibir correos electrónicos de igabogados1@gmail.com.
Por qué esto es importante Respetados Señores: en mi condición de apoderada de la parte demandante dentro del proceso que se menciona en el asunto, me permito remitir RECURSO DE REPOSICIÓN en contra del ultimo auto proferido por el Alto Tribunal. Agradezco se sirvan proceder de conformidad. Cordialmente, -INGRID T. GONZALEZ M. Abogada Celulares: 3133127006 Correos: ig_abogados@hotmail.com; igabogados1@gmail.com Direccion de Correspondencia: Carrera 50 No. 152 -20 Torre 3 Apto 509