Micelio

auto — Tribunal Superior de Armenia

Radicado: 20250918AutoAdmisorioCAGD20250008600R454

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA - LABORAL

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE ARMENIA SALA CIVIL FAMILIA LABORAL Exp. No. 63-001-22-14-000-2025-00086-00 (454) Armenia, Quindío, quince de septiembre de dos mil veinticinco Admítase la acción de tutela instaurada por Fabiola Villegas de Osorio contra el Juzgado Primero de Familia de Armenia, Quindío, Banco Agrario de Colombia, el Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio - administrado por Fiduciaria La Previsora S.A. - y el Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional - FOPEP -, cuyo administrador es el Consorcio FOPEP, integrado por Fiduciaria Bancolombia, Fiduciaria La Previsora S.A. y Fiducoldex.

Se solicita a los accionados, que se sirvan expresar su criterio respecto de la demanda de tutela referenciada; además, que aporten las pruebas que pretendan hacer valer; asimismo, se requiere al juzgado accionado para que remita ahora a esta Corporación, en calidad de préstamo y de manera digital, el expediente del proceso de alimentos con radicado 63-001-31-10-001-2004-00300-00, así como la dirección de notificación de Arcadio Osorio López, para todo lo cual, se concede un término de un (1) día, que se contará a partir del momento en que sean enterados de este proveído, de acuerdo con el artículo 19 del Decreto 2591 de 1991.

Vincúlense a Arcadio Osorio López (demandado en el proceso de alimentos con radicación 63-001-31-10-001-2004-00300-00) y al Departamento del Quindío – Secretaría de Educación (empleador del alimentante), mediante notificación, con el propósito de que se pronuncien respecto del presente trámite, para lo cual se concede el término de un (1) día, que correrá a partir del enteramiento de este auto (artículo 19 del Decreto 2591 de 1991).

Notifíquese esta decisión por el medio más ágil a las partes, conforme lo dispone el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991. Cumplido lo anterior, la Secretaría de la Sala informará por qué este trámite apenas se ingresó al despacho el día de hoy a las 10:24 am, a pesar de que había llegado desde el viernes pasado a las 11:30 a.m. César Augusto Guerrero Díaz