Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 11001310301020240025001_DrCeronAutoRechazaReposicion

Sala: SALA CIVIL

Verbal Demandante: Demandado: Exp: Kelly Cristina Martinez Aldana. Fideicomiso El Peñasco Fidubogotá. 11001310301020240025001 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co JUAN CARLOS CERÓN DÍAZ Magistrado Ponente Bogotá D.C., diecinueve (19) de mayo de dos mil veintiséis (2026) En consideración al informe secretarial que precede, se dispone:

PRIMERO: De conformidad con los presupuestos del artículo 318 inciso segundo del Código General del Proceso, se rechaza de plano el recurso de reposición invocado por el apoderado de Fiduciaria Bogotá S.A., en contra del proveído datado el 16 de marzo del corriente año, toda vez que, “El recurso de reposición no procede contra los autos que resuelvan un recurso de apelación, una súplica o una queja”, como suele ser en el presente caso.

Adviértase que, el auto censurado resuelve la apelación en contra de la determinación emitida el 11 de marzo de 2025, por el Juzgado 10 Civil del Circuito de Bogotá, conforme a la irrupción del iudex constitucional que, determinó la motivación para confrontar la decisión confutada.

SEGUNDO: Por secretaría, devuélvase el expediente al despacho de origen. Notifíquese, Exp 11001310301020240025001 1 JUAN CARLOS CERÓN DÍAZ Magistrado Ponente Firmado Por: Juan Carlos Ceron Diaz Magistrado Sala 002 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 86a569eee5b49662eb3f9c95939109c7a5911a358f9db6626facb231f2f69655 Documento generado en 19/05/2026 10:05:36 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Exp 11001310301020240025001 2