TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA MAGISTRADO PONENTE: DIEGO GUILLERMO ANAYA GONZÁLEZ RADICACIÓN ÚNICA 08758311200120210058001 RADICACIÓN INTERNA 77.732 TIPO DE PROCESO ORDINARIO LABORAL DEMANDANTE ELQUIN NELSON CAIROZA GOMEZ DEMANDADO DIMANTEC S.A.S. Barranquilla, dieciséis (16) de julio de dos mil veinticinco (2025).
Avóquese conocimiento del presente proceso que le correspondió por reparto a esta Sala, por la que se dispone a admitir en el efecto suspensivo, el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante ELQUIN NELSON CAIROZA GOMEZ, en contra del auto dictado durante la audiencia del veintidós de (22) de mayo de 2024, por parte del Juzgado Primero Laboral del Circuito de Soledad.
De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, córrase traslado a las partes por el término común de cinco (05) días en uno y otro sentido para que presente sus alegaciones. Vencido el término anterior, devuelvan las respectivas diligencias al despacho a través de la Secretaría de la Sala Laboral de esta Corporación. En el evento que la representante del Ministerio Público quiera intervenir en este proceso, podrá emitir su concepto dentro del término que las partes tienen para alegar.
Los escritos de alegatos y/o concepto del Ministerio Público, deben presentarse por correo electrónico, al correo institucional de la Secretaria de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla: seclabbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co, en formato PDF, con la indicación en el asunto del correo a enviar “alegatos de conclusión” y la radicación interna del proceso, con copia del mismo a los demás sujetos procesales, dentro del horario del Distrito Judicial de Barranquilla, esto es, 7:30 A.M a 4: 00 P.M. La consulta del expediente digital podrá hacerse en la secretaria de la Sala laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla a través de su correo institucional: seclabbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Cumplido lo anterior, se conmina a las partes a estar atentas a las actuaciones, toda vez que no se fijará fecha exacta para dictar fallo de segunda instancia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. DIEGO GUILLERMO ANAYA GONZÁLEZ Magistrado Firmado Por: Diego Guillermo Anaya Gonzalez Magistrado Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5ed7c7ec1b92ce2fcfd1b48293794665cebc26377181428e8c95a4e22b77bc1c Documento generado en 16/07/2025 12:35:55 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica