Micelio

auto — Tribunal Superior de Cartagena

Radicado: 13001310500820220038401-OSCAR DIAZ OLIVEROS (ADMITE APELACION SENTENCIA)

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Francisco Alberto González Medina

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL CARTAGENA - BOLÍVAR ___________________________ SALA DE DECISIÓN LABORAL FIJA No 1 MAGISTRADO PONENTE: Dr. FRANCISCO ALBERTO GONZÁLEZ MEDINA Cartagena de Indias, veinticinco (25) de marzo de dos mil veinticinco (2025). Tipo de Proceso Radicado Demandante Demandado Origen Asunto Ordinario laboral 13001310500820220038401 OSCAR DIAZ OLIVEROS COLPENSIONES S.A. Juzgado Octavo Laboral del Circuito de Cartagena Auto admite apelación contra la sentencia del día 20/01/2025 CONSIDERANDO: Visto el informe secretarial que antecede, y en virtud del artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, en armonía con lo dispuesto en el artículo 66 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social (CPTSS), modificado por la Ley 1149 de 2007, se impartirá admisión del recurso de apelación interpuesto.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

UNICO: ADMITIR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la parte demandada, COLPENSIONES - ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES, en contra de la sentencia de fecha 20/01/2025, proferido por el Juzgado Octavo Laboral del Circuito de Cartagena.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FRANCISCO ALBERTO GONZÁLEZ MEDINA ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Magistrado Ponente Firmado Por: Francisco Alberto Gonzalez Medina Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 004 Civil Laboral Tribunal Superior De Cartagena - Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 4a7b098f523c4d6aefea49d168eb2a4b20c46993f14ef54b45b8814e4fefbed9 Documento generado en 25/03/2025 04:49:01 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica