Micelio

auto — Tribunal Superior de Bucaramanga

Radicado: AutoAdmisionDelRecurso832-2025

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Lucrecia Gamboa Rojas

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA SALA LABORAL Magistrada Sustanciadora: LUCRECIA GAMBOA ROJAS Bucaramanga, veintitrés (23) de julio de dos mil veinticinco (2025) REF: PROCESO ORDINARIO LABORAL PROMOVIDO POR GERMAN VANEGAS HERREÑO CONTRA DEPARTAMENTO DE SANTANDER.

Rdo. Único 68001.31.05.005.2024.00004.01 R.T. 832-2025 AUTO: Admitir el recurso de apelación interpuesto por el demandante GERMAN VANEGAS HERREÑO contra la sentencia proferida por el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bucaramanga el 11 de julio de 2025. EJECUTORIADO este auto, CORRERÁ el traslado al apelante para alegar por escrito por el término de CINCO (5) días.

VENCIDO, CORRERÁ el traslado por igual término a las demás partes.1 Los alegatos se enviarán identificando el asunto con la palabra ALEGATOS Y/O ALEGACIONES, incluyendo los datos de identificación del proceso, el radicado del Tribunal y el Magistrado Ponente al correo electrónico: seclaboralbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co y a las demás partes como lo regla el artículo 3º de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022.2 Notifíquese (firma electrónica) LUCRECIA GAMBOA ROJAS Magistrada 1 Artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022 2 Artículo 3.

Deberes de los sujetos procesales en relación con las tecnologías de la información y las comunicaciones. Es deber de los sujetos procesales realizar sus actuaciones y asistir a las audiencias y diligencias a través de medios tecnológicos. Para el efecto deberán suministrar a la autoridad judicial competente, y a todos los demás sujetos procesales, los canales digital es elegidos para los fines del proceso o trámite y enviar a través de estos un ejemplar de todos los memoriales o actuaciones qu e realicen, simultáneamente con copia incorporada al mensaje enviado a la autoridad judicial.

Firmado Por: Lucrecia Gamboa Rojas Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 3 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5b8ce0ea4d1cda2eb04ad42a9e1b53e75db02188ed11089e67f3a7d71658ee3d Documento generado en 23/07/2025 09:34:44 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica