REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI SALA DE FAMILIA Rad. 76001 31 10 003 2025 00127 01 Santiago de Cali, cinco (05) de mayo de dos mil veintiséis (2026) Vista la constancia secretarial que antecede, como quiera que el apoderado de la parte demandante no sustentó el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia proferida en este asunto el 04 de diciembre de 2025 por el Juzgado Tercero de Familia de Cali – Valle del Cauca, con fundamento en lo establecido en el penúltimo inciso del artículo 323-3 del C.G.P., y el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, se DECLARA DESIERTO el recurso de alzada y se ordena la devolución del expediente digital.
NOTIFÍQUESE, MARIA ANDREA ARANGO ECHEVERRI Magistrada Firmado Por: Maria Andrea Arango Echeverri Magistrada Sala 005 De Familia Tribunal Superior De Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 65f05ad7362661360cc800604efffcf59316a9af329618c51c8362e8cb13c3a8 Documento generado en 05/05/2026 08:30:11 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica