Micelio

auto — Tribunal Superior de Cartagena

Radicado: Recurso de reposición 13001221300020230040000

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

1 B UFETE ARNEDO & ASOCIADOS OMAR ARNEDO MONTES H. MAG. DR. MARCOS ROMAN GUIO FONSECA TRIBUNAL SUPERIOR DE CARTAGENA SALA CIVIL FAMILIA secsalcivfam@cendoj.ramajudicial.gov.co E. S. D. Cartagena de Indias D.T. y C., veintisiete (27) de septiembre de dos mil veinticuatro (2.024) RADICACIÓN 13001221300020230040000 PROCESO RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN RECURRENTE JOSÉ GERMÁN LACAYO ZULUAGA SENTENCIA RECURRIDA 1 DE SEPTIEMBRE DE 2022 DEL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE MAGANGUÉ, BOLÍVAR ASUNTO REPOSICION CONTRA AUTO ADMISORIO omararnedo@yahoo.com (Curador ad litem) CORREO andsalaarj@hotmail.com (apoderado del recurrente) OMAR ARNEDO MONTES, abogado litigante, mayor, vecino y domiciliado en Cartagena, identificado con la cédula de ciudadanía N°73.073.346 expedida en Cartagena, y portador de la T. P. No. 29.787 del Consejo Calle Cochera del Gobernador No. 33-15 Edificio Colseguros Piso 6 oficina 608 teléfono 6602244 Tels3114118623;

E-mails:: omararnedo@yahoo.com– Cartagena – Colombia 2 B UFETE ARNEDO & ASOCIADOS OMAR ARNEDO MONTES Superior de la Judicatura, actuando en mi calidad de apoderado de las PERSONAS INDETERMINADAS respetuosamente presento recurso de reposicion contra el auto admisorio dictado en el presente asunto para que sea REVOCADO y en su lugar RECHAZADA LA DEMANDA HECHOS 1.- Al interior del proceso de pertenencia que se menciona en la demanda encontramos: 2.- Obsérvese como el aquí revisionista intervino activamente en el mencionado proceso FUNDAMENTOS DEL RECURSO Los actos de que se duele el revisionista pudieron y sobre todo debieron ser tema de debate alegados por el aquí revisionista, quien se observa fungió como persona indeterminada en ese proceso de pertenencía (lo intitularon Calle Cochera del Gobernador No. 33-15 Edificio Colseguros Piso 6 oficina 608 teléfono 6602244 Tels3114118623;

E-mails:: omararnedo@yahoo.com– Cartagena – Colombia 3 B UFETE ARNEDO & ASOCIADOS OMAR ARNEDO MONTES como TERCERO CON INTERES) El hecho es que tuvo oportunidad procesal para argumentar o alegar todo lo que en esta demanda ha dicho y por tanto le está vedado para él, este recurso extraordinario ya sea porque lo alegó y se lo decidieron o porque no lo hizo.

En uno u otro caso, debe rechazarse la demanda. Ayer, 26 de septiembre de 2026 se me notificó del auto que me nombró curador de las personas indeterminadas y se me envió delanteramente copia del expediente y es por ello por lo que este recurso lo presento en tiempo. Cordialmente, OMAR ARNEDO MONTES C. C. No. 73.073.346 T. P. No. 29.787 del C. S. de la J. Calle Cochera del Gobernador No. 33-15 Edificio Colseguros Piso 6 oficina 608 teléfono 6602244 Tels3114118623;

E-mails:: omararnedo@yahoo.com– Cartagena – Colombia