Radicado No.: 73001-31-05-003-2024-00025-01 Asunto: Ordinario laboral – apelación sentencia y consulta Demandante: Olga Lucia Viana Arellano Demandado: Colpensiones, Protección y Porvenir REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO Departamento del Tolima TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ Radicación: Asunto: Demandante: Demandada: Magistrado Ponente: 73001-31-05-003-2024-00025-01 Ordinario laboral – apelación de sentencia OLGA LUCIA VIANA ARELLANO COLPENSIONES, PROTECCIÓN Y PORVENIR RAFAEL MORENO VARGAS Ibagué, dieciséis (16) de abril de dos mil veintiséis (2026) Teniendo en cuenta que la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, mediante proveído AL6804-2025 del 18 de junio de 2025, Declaró Bien Denegado el recurso de casación que el apoderado judicial de la demandada Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., presentó contra la sentencia de segunda instancia, se dispone el obedecimiento y cumplimiento de los allí resuelto.
(Fl 4 Carpeta Digital de la Corte). De otra parte, en consideración a que se fijaron las agencias en derecho en el ordinal segundo de la sentencia de segunda instancia proferida el 10 de octubre de 20241 (Fl 8 Carpeta Digital del Tribunal), estas se incluirán en la liquidación de costas que de manera concentrada realice el juez de primera instancia, conforme a lo reglado en el artículo 366 del Código General del Proceso, aplicable por autorización del artículo 145 del CPTSS.
CÚMPLASE, RAFAEL MORENO VARGAS Magistrado 1 “REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO Departamento del Tolima TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAG UÉ Sala Primera de Decisión Laboral Radicado: 73001-31-05-003-2024-00025-01 Clase de proceso: Ordinario laboral – Apelación y Consulta Sentencia Demandante: OLGA LUCIA VIANA ARELLANO Demandadas: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES “COLPENSIONES”, ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS “PROTECCION S. A.” y SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS “PORVENIR S. A.” Magistrado Ponente: RAFAEL MORENO VARGAS Decisión aprobada mediante acta No. 53 del 10 de octubre de 2024 Sala I de Decisión En Ibagué, hoy diez (10) de octubre de dos mil veinticuatro (2024), la Sala Primera de Decisión Laboral del Tribu nal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, integrada por los Magistrados RAFAEL MORENO VARGAS, JAIR ENRINQUE MURILLO MINOTTA y AMPARO EMILIA PEÑA MEJÍA, dicta la sentencia a que se refiere el artículo 82 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social en concordancia con el numeral 1º del artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, en el proceso ordinario laboral de la referencia. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 66 y 69 del estatuto procesal laboral, resuelve los recursos de apelación interpuestos por los apoderados judiciales de las demandadas Protección, Porvenir y Colpensiones, así como el grado jurisdicci onal de consulta que se surte a favor de Colpensiones respecto de la sentencia proferida el 20 de agosto de 2024 por el Juzgado Ter cero Laboral del Circuito de Ibagué…RESUELVE:… SEGUNDO: CONDENAR en COSTAS en esta instancia a cargo de la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES “COLPENSIONES”, SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS “PORVENIR S.A.” y ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS “PROTECCIÓN S. A.” FIJAR como agencias en derecho la suma de $1.300.000 para cada una de las apelantes.”…