Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Auto 2024-00094-01

Sala: SALA LABORAL

Radicado No.: 73585-31-12-001-2024-00094-01 Asunto: Proceso ordinario laboral - apelación sentencia Demandante: María Lubida Yepes Demandado: María Dilvia Vargas y otros REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO Departamento del Tolima TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ - TOLIMA Sala Quinta de Decisión Laboral Radicado No.: Demandante: Demandada: 73585-31-12-001-2024-00094-01 María Dilvia Vargas Garnita José Herley Yepes Vargas, María Edith Yepes Vargas, Carlos Hernán Yepes Vargas, Marisol Yepes Vargas y Martha Rocío Yepes Vargas.

Ordinario apelación sentencia Asunto: Magistrado Ponente: CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA Ibagué, dieciséis (16) de julio de dos mil veinticinco (2025). Por ser procedente y haberse sustentado, se admite el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la parte demandante, contra la sentencia, proferida el 4 de julio de 2025 por el Juzgado Civil del Circuito de Purificación. De acuerdo con lo previsto en la Ley 2213 de 13 de junio de 2022, artículo 13, numeral 2, ejecutoriada esta providencia se CORRE TRASLADO para alegar por escrito por el término de cinco (5) días para la parte apelante, vencidos los cuales, empieza a correr el término de traslado por cinco (5) días para el no recurrente.

Se requiere a las partes para que den cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 14 y 15 del artículo 78 del Código General del Proceso, enviando a los correos electrónicos respectivos, copia de los alegatos presentados en formato PDF, los cuales deberán limitar las transcripciones o reproducciones de citas doctrinales y jurisprudenciales a las que sean estrictamente necesarias para la adecuada fundamentación de su alegato.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA Magistrado Firmado Por: Carlos Orlando Velasquez Murcia Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: fb51418debbda7daabf9d39e6d561c263465f71bde97d0db4684fdac9863818a Documento generado en 17/07/2025 05:20:45 AM Radicado No.: 73585-31-12-001-2024-00094-01 Asunto: Proceso ordinario laboral - apelación sentencia Demandante: María Lubida Yepes Demandado: María Dilvia Vargas y otros Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica