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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 002-2017-00493-01 DR PEÑA AUTO ADMITE

Sala: SALA CIVIL

República de Colombia Rama Judicial TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTA SALA CIVIL Radicación: Demandante: Demandado: Proceso: Trámite: 110013103002-2017-00493-01 (Exp. 6036) Dina Yamile Reita Hernández y otros Flota Santafé Ltda. y otro Verbal Apelación sentencia – admite Bogotá, D. C., febrero veintiuno (21) de dos mil veinticinco (2025) Se admite en efecto suspensivo, la apelación interpuesta por las partes, contra la sentencia proferida en noviembre 19 de 2024, por el juzgado 2 civil del circuito (pdf 25, cuaderno principal).

Deben las partes sustentar sus recursos y plantear sus respectivas réplicas siguiendo para ello las pautas del artículo 12, inciso 3, de la ley 2213 de 2022, aplicable a este caso, advirtiéndoles que si así no lo hacen, “se declarará desierto”. Los apelantes deben tener en cuenta que, acorde con el art. 327, inciso final del CGP, la sustentación debe sujetarse exclusivamente a “desarrollar los argumentos expuestos ante el juez de primera instancia”.

Para precaver posibles dificultades, conocida la intermitencia de la plataforma OneDrive y los problemas del internet que generan limitaciones en los equipos de cómputo para el manejo del expediente electrónico, de acuerdo con el artículo 121 del CGP, se prorroga el término de este recurso de apelación por el máximo permitido. Los escritos que las partes presenten, deberán dirigirse exclusivamente al correo electrónico que se disponga e informe por Secretaría. Notifíquese.

TIRSO PEÑA HERNANDEZ MAGISTRADO TRIBUNAL SUP. DE BOGOTÁ, SALA CIVIL Firmado Por: Tirso Peña Hernandez Magistrado Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 7bf4eace059ff59156239f6282cfc101e4b983c558f5d55a744901cc87967d61 Documento generado en 23/02/2025 10:58:30 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica