Micelio

auto — Tribunal Superior de Valledupar

Radicado: 2016-00110-02 JUANA ISABEL MAESTRE MARTINEZ VS UPC-AUTO DEVUELVE EXPEDIENTE AL JUZGADO DE ORIGEN

Sala: SALA CIVIL FAMILIA LABORAL

ORDINARIO LABORAL RADICADO: 20001-31-05-003-2016-00110-02 DEMANDANTE: JUANA ISABEL MAESTRE RODRÍGUEZ DEMANDADO: UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VALLEDUPAR SALA CIVIL – FAMILIA – LABORAL Valledupar, seis (6) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) Visto el informe secretarial, este despacho procede a asumir el conocimiento del proceso de la referencia. Ahora bien, revisado el expediente digital, se advierte que la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema Justicia profirió sentencia de tutela STL16786-2025, por medio de la cual concedió el amparo de los derechos fundamentales invocados por Juana Isabel Maestre Rodríguez, en consecuencia ordenó “a la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar que, en el término de veinticuatro horas contadas a partir de la notificación de este proveído, devuelva el expediente al Juzgado Tercero Laboral del Circuito de la misma ciudad, para que este, a su vez, dentro de los 10 días siguientes, se pronuncie sobre el recurso de reposición interpuesto por la demandante.” Por lo expuesto, este despacho de la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar,

RESUELVE

Primero: OBEDÉZCASE Y CÚMPLASE lo resuelto por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en sentencia de tutela del 24 de septiembre de 2025, radicación No. 11001-02-05-000-2025-02034-00. Segundo: DEVUELVASE el expediente al juzgado de origen, para que proceda a pronunciarse sobre el recurso de reposición interpuesto por la parte demandante en contra del proveído emitido el 2 de abril de los cursantes.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, ÓSCAR MARINO HOYOS GONZÁLEZ Magistrado