Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 003-2019-00430-02-DR-CHAVARRO - ADMITE SUSPENSIVO

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN CIVIL Bogotá D.C., once (11) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) PROCESO DEMANDANTES DEMANDADOS RADICADO INSTANCIA DECISIÓN Verbal Torres y Torres Inversiones S.A.S. Fiduciaria Central S.A. Fiducentral 11001 31 99 003 2019 00430 02 Segunda instancia – apelación SentenciaAdmite recursos de apelación De conformidad con lo reglado por los artículos 322 y 323 del Código General del Proceso en armonía con el canon 12 de la Ley 2213 de 2022, se admite en el efecto suspensivo, los recursos de apelación interpuestos por Torres y Torres Inversiones S.A.S., Juan Carlos Torres Hurtado1, Diego Alfonso Bedoya y Constructora Paradise S.A.S.2, en contra la sentencia de 18 de junio de 20243 proferida por la Delegatura Para Funciones Jurisdiccionales de la Superintendencia Financiera de Colombia.

Dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este proveído, deberán sustentarse los recursos a través del correo electrónico institucional de la Secretaría de la Sala Civil de este Tribunal4, atendiendo lo estatuido por el precepto 109 del compendio procesal, so pena de declararse desierto. 1 Ver archivos 707 y 720 Carpeta.

PrimeraInstancia. 2 Ver archivo 711 Carpeta. PrimeraInstancia 3 Ver archivo 705 Carpeta. PrimeraInstancia. 4 secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co. Exp. 11001 31 99 003 2019 00430 02 Presentadas en oportunidad las sustentaciones, córrase traslado por cinco (5) días a la parte contraria. Notifíquese. JAIME CHAVARRO MAHECHA Magistrado Firmado Por: Jaime Chavarro Mahecha Magistrado Sala 007 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 9318fd2a12d62effde9aa25bb8801cf93cde5cbb1c82cff5069b2d2e5554e8af Documento generado en 11/10/2024 12:42:21 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica