REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., veintisiete (27) de mayo de dos mil veinticinco (2025) Radicación: 11001 31 99 003 2023 03979 02. Magistrada Sustanciadora: ADRIANA AYALA PULGARÍN 1. Tener en cuenta para los fines pertinentes que la parte demandante, dentro del término previsto por la Ley, sustentó el recurso de apelación1 interpuesto contra la sentencia dictada el 4 de diciembre de 2024, por la Superintendencia Financiera de Colombia – Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales. 2.
Por otro lado, comoquiera que, dentro de dicho interregno de orden legal, la parte demandada, quien también había apelado dicha sentencia, se mantuvo en silencio, deberá asumir las consecuencias legales de su omisión, cual es, la declaratoria de deserción del recurso de apelación formulado por dicho extremo de la litis, ante la falta de sustentación en esta instancia dentro de la oportunidad legal para ello y, en esa medida, no se tendrá en cuenta el escrito de “profundización y ampliación de la sustentación anticipada del recurso de apelación”2 presentado por dicho extremo de la litis.
DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la suscrita magistrada de la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C.,
RESUELVE
1 Cfr. PDF 006 – Cuaderno Tribunal. 2 Cfr. Fls. 110-200, PDF 011 – Cuaderno Tribunal. Primero: Declarar desierto el recurso de apelación formulado por la parte demandada. Segundo: Ejecutoriado lo aquí resuelto, Secretaría ingrese el proceso al despacho para proveer, en el turno que corresponda, lo relacionado frente al recurso de alzada planteado por la parte demandante.
Notifíquese y cúmplase, (2) Firmado Por: Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 96b3ff5eb3c9e35bc6a2d367b3ce90a05f1da7fbbdb3d631ed23f6dc82bb9bc2 Documento generado en 27/05/2025 03:29:30 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica