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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 040-2024-00087-01 027-2019-00817-01 DR ISAZA AUTO ACEPTA DESISTIMIENTO

Sala: SALA CIVIL

República de Colombia Rama Judicial TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTA SALA CIVIL Radicación: Demandante: Demandado: Proceso: Trámite: 110013103040-2024-00087-01 (Exp. 5746) Luisa Inés Rodríguez Atria Grupo Constructor S.A.S. y otros Ejecutivo Apelación de Auto Bogotá, D. C., trece (13) de noviembre de dos mil veinticinco (2025).

En escrito visto en el doc. 14 del cuaderno del Tribunal, que se presume auténtico (art. 244, inc. 3º, del CGP), el apoderado de la demandante y recurrente, desde el correo electrónico informado en la primera instancia al momento de presentar la demanda y acatando lo ordenado en auto de 30 de septiembre de 2025 (doc. 11 SegundaInstancia), según el art. 3° de la ley 2213, manifestó “desistir del recurso de apelación” formulado frente al auto de 26 de abril de 2024, proferido por el Juzgado 40 Civil Circuito de Bogotá. Solicitud que se ajusta al art. 316 del Código General del Proceso, según el cual las partes podrán desistir de los recursos interpuestos y de los incidentes, las excepciones y los demás actos procesales que hayan promovido, sin necesidad de presentación personal, por cuanto el citado estatuto excluyó esa formalidad (art. 314 a 317).

Por consiguiente, acéptase el desistimiento del recurso de apelación antes referido. Sin costas por no aparecer causadas. En firme esta providencia, devuélvase el expediente a la oficina de origen para que se expidan las órdenes, constancias, comunicaciones y demás instrucciones pertinentes. Cópiese y notifíquese. JOSE ALFONSO ISAZA DAVILA MAGISTRADO TRIBUNAL SUP.

DE BOGOTÁ, SALA CIVIL