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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 027-2021-00468-02 MAG. MARCO ANTONIO ALVAREZ GOMEZ - AUTO RESUELVE SOLICITUD PROBATORIA

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. Sala Civil Bogotá D.C., doce (12) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) Rdo. 027202100468 02 Se niega la prueba solicitada por no configurarse ninguna de las hipótesis previstas en el artículo 327 del CGP, entre las que no se prevé la posibilidad de decretar pruebas rechazadas en primera instancia. En efecto, los recurrentes aducen que la jueza se equivocó al rechazar, por extemporáneo, el testimonio de Jackelin Silva, sin reparar en que fue ella quien les "impidió" pedirlo en la audiencia de 25 de enero de 2024, cuando su abogado quiso hacerlo para pronunciarse sobre el "desconocimiento" que la sociedad demandante hizo de unos documentos firmados por ella, como representante de Postal Express Ltda., lo que, en su criterio, habilita ordenar su práctica en segunda instancia; sin embargo, esta circunstancia no se enmarca en ninguno de los escenarios autorizados para el decreto de medios probatorios en el trámite de apelación de sentencias.

Más aún, la negativa de esa prueba cobró firmeza sin que los interesados presentaran recurso alguno1, por lo que no es posible ahora, so pretexto de un supuesto "error" del juzgado de primer grado, reabrir la discusión sobre su procedencia. Oportunamente, retorne el proceso al Despacho.

NOTIFÍQUESE Firmado Por: Marco Antonio Alvarez Gomez Magistrado Sala 006 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., 1 Primera Instancia, carp. 02/084Audiencia, arch. mp4, min. 47:12. Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 312f93cd2a54e6b6ba440107566011a8a1fe80717a2c69a5aab1acfb587244c5 Documento generado en 12/08/2024 04:56:55 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica