Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001310301820220039502 AutoOrdenaTramitarReposiciónComoSúplica

Sala: SALA CIVIL

Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA CIVIL DE DECISIÓN Lugar y fecha Proceso Radicado Demandante Demandado Decisión Magistrada sustanciadora Medellín, veintinueve (29) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) Responsabilidad Civil Extracontractual – Médica 05001310301820220039502 Juan Fernando Arango Vásquez y otros Clínica Medellín SA y otro Ordena tramitar recurso de reposición como recurso de súplica Piedad Cecilia Vélez Gaviria Mediante auto del pasado 4 de septiembre, la suscrita Magistrada declaró inadmisible el recurso de apelación formulado por la parte demandante en contra de la sentencia proferida el 28 de octubre de 2024 por el Juzgado Dieciocho Civil del Circuito de Oralidad de Medellín, ante la ausencia de reparos concretos; determinación que la apelante impugnó a través del recurso de reposición. No obstante, como lo dispone el artículo 331 del CGP, frente al auto que resuelve sobre la admisión del recurso de apelación procede el recurso de súplica, de allí que de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 318 ibídem, según el cual la impugnación presentada oportunamente deberá tramitarse por las reglas del recurso que resultare procedente, se ORDENA que por la Secretaría de la Sala Civil se imparta el trámite correspondiente al recurso de súplica, al medio de impugnación referenciado.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE PIEDAD CECILIA VÉLEZ GAVIRIA MAGISTRADA Proceso Radicado Responsabilidad Civil Extracontractual – Médica 05001310301820220039502 Firmado Por: Piedad Cecilia Velez Gaviria Magistrada Sala 002 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 9966c9dc131d2fd943337e76f376640182a341c28004e8b6a2cd2e94caf94489 Documento generado en 29/09/2025 01:12:42 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica