Micelio

auto — Tribunal Superior de Antioquia

Radicado: RecReposicion 20220000301

Sala: SALA CIVIL FAMILIA

14/3/25, 16:36 Correo: Secretaría Sala Civil Tribunal Superior - Antioquia - Outlook Outlook MEMORIAL - RECURSO DE SÚPLICA RDO. 2022-00003 (0308) Desde Secretaría Sala Civil Tribunal Superior - Antioquia <secivant@cendoj.ramajudicial.gov.co> Fecha Vie 14/03/2025 4:35 PM Para Despacho 05 Sala Civil Familia Tribunal Superior - Antioquia <des05scftsant@cendoj.ramajudicial.gov.co> 1 archivo adjunto (893 KB) recurso de suplica.pdf;

Cordial saludo. Paso a despacho memorial allegado en el proceso con RDO 05002 31 89 001 2022 00003 01 Atentamente, Paulina Osorio Escribiente De: Luis Guillermo Cardona Rios <guillermocardonarios@gmail.com> Enviado: viernes, 14 de marzo de 2025 3:07 p. m. Para: Secretaría Sala Civil Tribunal Superior - Antioquia <secivant@cendoj.ramajudicial.gov.co>;

MARÍA ALEXANDRA CÁRDENAS GONZÁLEZ <marialexacardenasg@gmail.com> Asunto: Presentaciòn recurso de sùplica -Guillermo Cardona Ríos https://outlook.office.com/mail/sentitems/id/AAQkAGJiNjNjMTUyLWZiZTktNDIwZS05MzY4LTQ2Mzc1NmMzNjI5MAAQAIN2G6RyM71NlCBwDb2T2Zo… 1/2 14/3/25, 16:36 Correo: Secretaría Sala Civil Tribunal Superior - Antioquia - Outlook C.C Nro. 70.781.200 de Abejorral T.P Nro. 198.507 del C.S.J 3183385515 https://outlook.office.com/mail/sentitems/id/AAQkAGJiNjNjMTUyLWZiZTktNDIwZS05MzY4LTQ2Mzc1NmMzNjI5MAAQAIN2G6RyM71NlCBwDb2T2Zo… 2/2 14/3/25, 16:36 Correo: Secretaría Sala Civil Tribunal Superior - Antioquia - Outlook  Microsoft Outlook<MicrosoftExchange329e71ec88ae4615bbc36ab6ce41109e@cendoj.ramajudicial.gov.co> Para: ​y 1 más ​ Vie 14/03/2025 4:36 PM MEMORIAL - RECURSO DE S… Elemento de Outlook El mensaje se entregó a los siguientes destinatarios: Despacho 05 Sala Civil Familia Tribunal Superior - Antioquia (des05scftsant@cendoj.ramajudicial.gov.co) Asunto: MEMORIAL - RECURSO DE SÚPLICA RDO. 2022-00003 (0308) https://outlook.office.com/mail/sentitems/id/AAQkAGJiNjNjMTUyLWZiZTktNDIwZS05MzY4LTQ2Mzc1NmMzNjI5MAAQAIN2G6RyM71NlCBwDb2T2Zo… 1/1 GUILLERMO CARDONA RIOS Abogado Honorable Magistrada María Clara Ocampo Correa Tribunal Superior de Antioquia Sala Civil- Familia Me4dellin-Antioquia Referencia: Recurso de suplica Proceso: Verbal de Acción Pauliana de Santiago Cárdenas Nieto y otra contra Gloria del Carmen Segura Genes y otra.

Radicado: 05002-31-89-001-2022-00003-01 Consecutivo secretaría: 308-2025 Luis Guillermo Cardona Ríos, vecino de esta ciudad, identificado con la cédula de ciudadanía Nro. 70.781.200, expedida en Abejorral, y portador de la T.P. número 198.507 del Consejo Superior de la Judicatura, obrando como apoderado de las Señoras Gloria del Carmen Segura Genes y Alba Lucia Caro Restrepo, respetuosamente interpongo Recurso de Súplica en contra del auto del 11 de marzo de 2025, mediante el cual se declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por las demandas, contra la sentencia dictada por el juzgado Promiscuo del Circuito de Abejorral, el 23 de enero de 2025, en cumplimiento con la preceptuado por el inciso 1º del artículo 331 del CGP.

PETICIONES Respetuosamente me permito solicitar se revoque el auto del 11 de marzo de 2025, encaminado a declarar desierto el recurso de apelación, ya que el mismo en ningún momento fue notificado a la parte demandada de las actuaciones presentadas por el despacho desde el momento en que entro el recurso de apelación al correspondiente Tribunal Superior de Antioquia, esto, conforme a lo señalado por el art 11 de la ley 2213 de 2022, con lo anterior, solicito al honorable tribunal, se vuelva a correr traslado de la admisión del recurso de apelación señalando nuevos términos conforme a lo dispuesto en el inciso 3º del art 12 de la ley 2213 de 2022.

Como consecuencia de la interposición del recurso de súplica, ruego a usted el expediente pase al despacho del magistrado que sigue en turno, para que actué como ponente en la resolución del recurso impetrado. SUSTENTACIÓN DEL RECURSO Primero: con fecha 29 de enero de 2025 el juzgado Promiscuo del Circuito de Abejorral admitió el recurso de apelación interpuesto por el suscrito con base en el art 320, 321, 322, 323 y 324, contra sentencia dictada por el juzgado Promiscuo del Circuito de Abejorral del proceso verbal de Acción Pauliana, seguido por Santiago Cárdenas Nieto y Andrea Cárdenas Nieto, contra Gloria del Carmen Segura Genes y Alba Lucia Caro Restrepo.

Segundo: Dando cumplimiento a lo ordenado por el art 331 del CGP, el mismo auto de fecha 29 de enero de 2025, se negaron las pretensiones de la parte demandada, dando pie así a las pretensiones de la parte demandante, además de las costas y agencias en derecho. Calle 77 N0. 50-13 de Itagüí – Santa María. Celular: 318 338 55 15 guillermocardonarios@gmail.com 1 GUILLERMO CARDONA RIOS Abogado Tercero: Como también puede observarse en el proceso de Acción Pauliana, una vez aceptada la apelación fue enviada al Tribunal Superior de Antioquia (reparto) el 31 de enero de 2025, una vez en el Tribunal se expidió el acta de reparto el 11 de febrero de 2025, la misma que fue al despacho 05 Sala Civil de Familia, Tribunal Superior de Antioquia, en la misma fecha.

Cuarto: Una vez las actuaciones, anteriores para este extremo de la Litis, se tornó dificultoso el lugar electrónico donde llego el expediente, ya que el despacho o la secretaría del despacho no tomo los correos electrónicos de las partes dentro del proceso para notificar el recibido, la admisión del recurso e inclusive el auto con el cual se declaró desierto el recurso de apelación, esto opuesto a lo señalado en el parágrafo 1º del art 2º de la ley 2213 de 2022.

Quinto: Pasaron algunos días y para podernos conocer el vínculo del proceso, la señora Gloria Segura, tuvo que ir hasta el despacho del Tribunal a investigar donde estaba el expediente y se le informo a través de unos avisos que estaban pegados en la puerta del recinto, el correo electrónico para solicitarlo, con eso se procedió a pedir por medio de correo electrónico señalado allí, el envió del link del proceso, el 7 de marzo de 2025, el mismo día fue enviado por parte del despacho, el vínculo del proceso, ya habían salido el auto de admisión y ya se había pasado el tiempo que el Honorable Tribunal había dado para presentar pruebas y la sustentación del recurso presentado.

Sexto: Una vez lo anterior, hubo de esperarse hasta el día 12 de marzo para que el juzgado notificara el auto de sustanciación y poder hacer lo atinente a la solicitud que se está presentando, ya que conforme lo indica la ley 2213 de 2022, se está violando el debido proceso por desconocimiento del expediente en la segunda instancia, generando con ello una incapacidad para llevar las actuaciones procesales necesarias para lograr la defensa de mis prohijadas y que sea la ley de acuerdo a los trámites procesales quien defina el asunto en litigio.

Séptimo: por las anteriores razones, solicito proceder a revocar el auto de fecha 11 de marzo de 2025, mediante el cual se declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada por el juzgado promiscuo del circuito de abejorral, el 23 de enero de 2025 y se vuelva a correr traslado, señalando nuevos términos conforme a lo dispuesto en el inciso 3º del art 12 de la ley 2213 de 2022.

DERECHO Invoco como fundamento de derecho los artículos 2º, 3º y 4º de la ley 2213 de 2022 y 331, 332 del CGP, y demás normas concordantes. PRUEBAS Solicito tener como pruebas las actuaciones surtidas en el recurso de apelación Testimoniales: Gloria del Carmen Segura Genes: Al Correo Gloria.mm22@hormail.com, tel. 3205148190, quien declarara sobre los hechos presentados en este recurso de súplica.

Calle 77 N0. 50-13 de Itagüí – Santa María. Celular: 318 338 55 15 guillermocardonarios@gmail.com 2 GUILLERMO CARDONA RIOS Abogado ANEXOS  Copia del documento enviado por la señora gloria segura el 7 de marzo de 2025, vía whatsAap con el correo institucional.  Solicitud realiza al tribunal para obtener el vínculo del proceso. COMPETENCIA Es competencia de esta Alta Corporación, Sala Civil, por encontrare aquí el trámite del recurso de apelación referido y además por la misma naturaleza del recurso de súplica, por proceder contra un auto que por su esencia seria apelable, dictado por la Magistrada Ponente, tal como lo ordena el art 331 del CGP NOTIFICACIONES A las demandadas: Alba Lucia Caro Restrepo: Paraje Guayaquil, conocido con el nombre “El recreo”, Municipio de Abejorral.

Gloria del Carmen Segura Genes: Al Correo Gloria.mm22@hormail.com, tel. 3205148190 Demandantes: en la trasversal 32C Sur Nro. 31D-29 Barrio Magnolia, Envigado, correo itcisne@hotmail.com Apoderado de la parte demandante: calle 77 N0. 50-13 de Itagüí – Santa María. Celular: 318 338 55 15 correo guillermocardonarios@gmail.com De la Señora Magistrada, Atentamente, Calle 77 N0. 50-13 de Itagüí – Santa María. Celular: 318 338 55 15 guillermocardonarios@gmail.com 3 14/3/25, 12:46 Gmail - Solicitud envio expediente digital Luis Guillermo Cardona Rios <guillermocardonarios@gmail.com> Solicitud envio expediente digital 3 mensajes Luis Guillermo Cardona Rios <guillermocardonarios@gmail.com> Para: secivant@cendoj.ramajudicial.gov.co 7 de marzo de 2025, 16:17 Buenas tardes, obrando como apoderado judicial de las señoras Gloria del Carmen Segura Genes y Alba Lucia Caro, solicitó el envío del link del expediente digital de un recurso de apelación que fue enviado del juzgado promiscuo del circuito de Abejorral -Guillermo Cardona Ríos C.C Nro. 70.781.200 de Abejorral T.P Nro. 198.507 del C.S.J 3183385515 U AUTOCORRETRASLADO (2).pdf 80K Secretaría Sala Civil Tribunal Superior - Antioquia - Medellín <secivant@cendoj.ramajudicial.gov.co> Para: Luis Guillermo Cardona Rios <guillermocardonarios@gmail.com> 7 de marzo de 2025, 16:44 Cordial saludo, En atención a la solicitud remitida, se anexa lo correspondiente.

VÍNCULO 05002318900120220000301 (0308) Atentamente, Paulina Osorio Escribiente https://mail.google.com/mail/u/0/?ik=b49ba0a4c2&view=pt&search=all&permthid=thread-a:r-7753748817947589260&simpl=msg-a:r-73257554758478… 1/2 14/3/25, 12:46 Gmail - Solicitud envio expediente digital De: Luis Guillermo Cardona Rios <guillermocardonarios@gmail.com> Enviado: viernes, 7 de marzo de 2025 4:17 p. m. Para: Secretaría Sala Civil Tribunal Superior - Antioquia - Medellín <secivant@cendoj.ramajudicial.gov.co> Asunto: Solicitud envio expediente digital [El texto citado está oculto] Luis Guillermo Cardona Rios <guillermocardonarios@gmail.com> 7 de marzo de 2025, 17:21 Para: Secretaría Sala Civil Tribunal Superior - Antioquia - Medellín <secivant@cendoj.ramajudicial.gov.co> Muchas gracias por su colaboración. [El texto citado está oculto] https://mail.google.com/mail/u/0/?ik=b49ba0a4c2&view=pt&search=all&permthid=thread-a:r-7753748817947589260&simpl=msg-a:r-73257554758478… 2/2