República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C. Sala Civil de Decisión Magistrada Sustanciadora SANDRA CECILIA RODRÍGUEZ ESLAVA Dieciséis (16) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) 035 2019 00634 02 No se accede a la solicitud formulada por Claudia Patricia Esparza Alvarado, relativa a que sea sancionada la sociedad Cortex Andino S.A.S. por no haberle remitido copia del memorial mediante el cual interpuso el recurso extraordinario de casación contra la sentencia proferida el 2 de agosto de 2024, dentro de los tres días posteriores a la notificación del proveído de 22 de agosto pasado, en atención a que en el mismo se indicó: “(…) Mas, sin embargo, no se le impondrá la multa deprecada y se le prevendrá – por esta vez-, que en lo sucesivo observe sus cargas con rigor y copie al extremo opuesto cada uno de los memoriales que eleva a la autoridad judicial, a sus direcciones electrónicas, so pena de imponer los correctivos que el estatuto adjetivo prevé para esa censurable omisión (…)” (Énfasis propio).
Como se advierte, allí no se dispuso de manera puntual la remisión de ese memorial dentro de los tres días siguientes y menos aún se previno de una sanción por no hacerlo. Tan solo se conminó a la parte demandada para que en lo sucesivo satisficiera sus cargas, so pena de imponer los correctivos descritos en el estatuto ritual procesal, cuya determinación corresponde al juzgado de conocimiento, en el entendido de encontrarse agotada la competencia de esta Corporación, conforme lo normado en el artículo 328 del Código General del Proceso.
De otro lado, una vez ejecutoriada la presente decisión, se le ordena a la Secretaría de la Sala Civil de esta Corporación remitir el expediente a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia y las copias digitales al Juzgado 35 Civil del Circuito de esta ciudad, a fin de darle cumplimiento a la sentencia proferida en primera instancia, la cual fue confirmada por esta sede judicial, a la luz de lo previsto en el canon 340 ibidem.
NOTIFÍQUESE, SANDRA CECILIA RODRÍGUEZ ESLAVA Magistrada Firmado Por: 035 2019 00634 02 Sandra Cecilia Rodriguez Eslava Magistrada Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 72ec1563df03d932b06aafca9d18addf65d96511521917dc0b8d6b8458d29c3f Documento generado en 16/10/2024 04:49:28 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica