República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Apel. M.P. Edgar Robles Ramírez.- Rad. 2023-023-01 TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA SALA SEXTA DE DECISIÓN - CIVIL FAMILIA LABORAL M.S. ÉDGAR ROBLES RAMÍREZ Proceso: Radicación: Demandante: Demandado: Asunto: ORDINARIO LABORAL 41001 31 05 001 2022 00023 01 CÉSAR MAURICIO OLIVAR GORDO MUNICIPIO DE PALERMO Y OTROS RESUELVE PODER Neiva, trece (13) de mayo de dos mil veintiséis (2026) Mediante escrito que antecede, el Dr. KLEYVER OVIEDO FARFAN, en su calidad de Alcalde Municipal de Palermo Huila, elegido por voto popular, según consta en el Acta de Posesión de fecha 30 de diciembre de 2023 de la Notaria Única del Círculo de Palermo, otorgó poder especial amplio y suficiente al abogado TITO LIBARDO VEGA LAGUNA, identificado con la C.C. No. 7.688.686 de Neiva y T.P. No. 310.409 del C S de la J, para actuar en representación del Municipio de Palermo.
Comoquiera que el poder conferido cumple con los presupuestos legales del artículo 74 del CGP, aplicable a los asuntos laborales en virtud de la remisión expresa del artículo 145 del CPL y SS, se le reconocerá personería a la profesional del derecho, conforme las facultades otorgadas Por lo anterior, el suscrito Magistrado Sustanciador, DISPONE:
PRIMERO: RECONOCER PERSONERÍA al abogado TITO LIBARDO VEGA LAGUNA, identificado con la C.C. No. 7.688.686 de Neiva y T.P. No. 310.409 del C S de la J, para actuar en representación del Municipio de Palermo, en los términos del poder adjunto.
NOTIFÍQUESE EDGAR ROBLES RAMÍREZ MAGISTRADO Firmado Por: Edgar Robles Ramirez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 005 Decision Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 1e25b51c5419051fb0676a0d6177abdb4271266b19f82ecb5ab3c3e5e5ab159a Documento generado en 13/05/2026 02:57:38 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 1