Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 039-2023-00344-01 DRA VELASQUEZ AUTO DECLARA DESIERTO

Sala: SALA CIVIL

Verbal de Terminación de Contrato Demandante: Jaime Cuchia González Demandados: Nubia Patricia Cuchia Ruiz y Otros Rad. 11001310303920230034401 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL HENEY VELÁSQUEZ ORTIZ Magistrada Ponente Bogotá D.C., veintiuno (21) de enero de dos mil veintiséis (2026) El artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 estipula respecto de la alzada que “…[e]jecutoriado el auto que admite el recurso o el que niega la solicitud de pruebas, el apelante deberá sustentar el recurso a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes…Si no se sustenta oportunamente el recurso, se declarará desierto ”. -negrilla fuera del texto-.

Comoquiera que, según el informe secretarial que antecede, los opugnantes incumplieron la aludida carga dentro del interregno que el despacho le ordenó a la secretaría contabilizar mediante auto calendado 9 de diciembre de 2025, el cual cobró ejecutoria, corresponde declarar la deserción del remedio vertical, y ordenar la devolución virtual de expediente al estrado de origen.

En mérito de lo expuesto el Despacho,

RESUELVE

Primero: Declarar desierto el recurso de apelación interpuesto por los demandados contra la sentencia dictada en el asunto del epígrafe. Segundo: Devolver el legajo virtual al despacho a quo. Notifíquese y Cúmplase, HENEY VELÁSQUEZ ORTIZ Magistrada Firmado Por: 039-2023-00344-01 Verbal de Terminación de Contrato Demandante: Jaime Cuchia González Demandados: Nubia Patricia Cuchia Ruiz y Otros Rad. 11001310303920230034401 Heney Velasquez Ortiz Magistrada Sala 003 Civil Tribunal Superior De Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f223e41e107006e8a0c9d8dcd0f20dcdf14991bc2e235b44df1b511096674599 Documento generado en 21/01/2026 11:31:31 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 039-2023-00344-01