Micelio

auto — Tribunal Superior de Cartagena

Radicado: 7. 13001310300420090068403 admision sentencia

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA SALA CIVIL-FAMILIA, DESPACHO 01 Cartagena de Indias DTC, Seis (6) de abril de dos mil veintiséis (2026) VERBAL (REIVINDICATORIO) 13001310300420090068403 Al realizar el control de admisibilidad de los recursos de apelación interpuestos tanto por la parte demandante, como por la parte demandada, contra la sentencia de primera instancia proferida por el Juzgado Noveno Civil del Circuito de Cartagena dentro del asunto, se encontró que ambos cumplen con los requisitos procesales para darle cabida a su trámite.

Por tales motivos se

RESUELVE

1) Admitir los recursos de apelación interpuestos por la parte demandada, y por la parte demandante, contra la sentencia del 4 de marzo de 2026, por medio de la cual el Juzgado Noveno Civil del Circuito de Cartagena accedió las pretensiones de la demanda reivindicatoria promovida por Olga Elisa Bohmer de Hernández y otros contra Jorge Leonicio Anaya Jayk. 2) Ejecutoriado, corra el término de cinco (5) días a las partes apelantes para que sustenten el recurso en el sentido de desarrollar los reparos concretos formulados en la primera instancia. 3) Cumplido lo anterior, córrase traslado de la sustentación a la parte no apelante por el término de cinco (5) días según lo previsto en el artículo noveno de la ley 2213 de 2022. 4) La sustentación y los demás memoriales deberán remitirse en horario hábil a la cuenta e-mail secsalcivfam@cendoj.ramajudicial.gov.co, perteneciente a la Secretaría de la Sala.

Por las partes, alléguese la constancia de entrega del mensaje de datos a su contendiente. 5) En el evento de ser presentada solicitud de pruebas o que no sea recibido el memorial de sustentación de la alzada, pase el expediente al despacho para lo pertinente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. DIANA PATRICIA MARTÍNEZ CUDRIS Magistrada Sustanciadora. 2 de 2 VERBAL (REIVINDICATORIO) 13001310300420090068403 Firmado Por: Diana Patricia Martinez Cudris Magistrada Sala 001 Civil Familia Tribunal Superior De Cartagena - Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b8bf886ce23f84fb7998d935fbb5602cef2534c6828f1a2dc0d9aeec57667e18 Documento generado en 06/04/2026 03:42:45 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica