Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 008-2023-00555-01 DRA AYAZO AUTO DECLARA DESIERTO

Sala: SALA CIVIL

R.I. 16886 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ - SALA CIVIL Bogotá D.C., doce (12) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) Radicado: 11001310300820230055501 Revisado el informe secretarial de fecha 10 de noviembre de 20251, se advierte con claridad que, dentro del término conferido2 a la apelante para que sustentara el remedio vertical, dicho extremo procesal guardó silencio.

Por tal motivo, es dable aplicar la sanción procesal contenida en el inciso 3° artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 que prevé que “[s]i no se sustenta oportunamente el recurso, se declarará desierto”. Más aún que el referido informe indicó lo siguiente: “(…) Se informa que venció en silencio el término de traslado para que la parte apelante allegara en esta instancia sustentación de alzada.”.

En ese sentido, la suscrita magistrada DISPONE:

1. DECLARAR DESIERTO el remedio vertical que presentó la sociedad demandante “INVERSIONES ORJUELA QUINTERO LTDA.” contra la sentencia emitida en el asunto de la referencia el 4 de septiembre de 20253, de conformidad con lo reglado en el inciso 3° artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, y numeral 3º del artículo 322 del Código General del Proceso. 2.

En virtud de lo anterior, por secretaría hágase devolución del expediente al juzgado de origen y déjense las constancias del caso. Notifíquese y Cúmplase, (firma electrónica) STELLA MARÍA AYAZO PERNETH (11001310300820230055501) Magistrada Firmado Por: Stella Maria Ayazo Perneth Magistrada Sala 04 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., 1 Archivo “007InformeEntrada20251110” de la carpeta “02SegundaInstancia”. 2 Archivo “005AutoAdmite” de la carpeta “02SegundaInstancia”. 3 Archivo “104Sentencia”, ubicación “01PrimerInstancia” Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: faa2f660904248bcc979f79da6cc6e231e9869a4ac18d91e50311285d36eebd1 Documento generado en 12/11/2025 02:59:08 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica