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auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 73.716 AUTO requiere piezas procesales

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DE BARRANQUILLA – SALA LABORAL DIEGO GUILLERMO ANAYA GONZÁLEZ MAGISTRADO PONENTE RADICACIÓN UNICA 08001310500820190039901 RADICACIÓN INTERNA 73.716-A TIPO DE PROCESO ORDINARIO LABORAL DEMANDANTE FELIPE HERRERA ACUÑA DEMANDADO COOMEVA EPS S.A. Barranquilla, nueve (09) de mayo de dos mil veinticinco (2025) Examinado el expediente de la referencia, el suscrito constata que en su contenido se identifica que hacen falta piezas procesales necesarias para entrar a resolver el fondo del presente asunto.

Entre ellos, se advierte que el hipervínculo que remite a la video grabación de la audiencia que trata el Artículo 80° del C. P. T. S. S llevada a cabo el 14 de septiembre de 2022, no se encuentra en un formato que permita visualizar el contenido del mismo. En consecuencia, se ordenará la devolución del presente proceso a su juzgado de origen, a fin de remita a este Tribunal, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de este proveído, la totalidad de las piezas que componen el expediente a través del aplicativo correspondiente.

Esta solicitud incluye el registro de link funcional de las audiencias surtidas en primera instancia desde el aplicativo SISTEMA DE AUDIENCIAS DE LA RAMA JUDICIAL, conforme lo estableció el Acuerdo PCSJA2011567 de 2020 del Consejo Superior de la Judicatura. Por lo expuesto, se

RESUELVE

ORDENA R, por medio de la Secretaría de esta Sala, la devolución de las actuaciones al Juzgado Octavo Laboral del Circuito de Barranquilla, para que remita en el término de tres (3) días hábiles, contados a partir de la notificación de este proveído, el expediente digital del proceso de la referencia con la totalidad de sus piezas procesales, incluyendo el link de la audiencia de primera instancia referenciada, directamente desde el aplicativo SISTEMA DE AUDIENCIAS DE LA RAMA JUDICIAL, de conformidad con lo que establecido en el PROTOCOLO PARA LA GESTIÓN DE DIGITALIZACIÓN DOCUMENTOS Y CONFORMACIÓN ELECTRÓNICOS, DEL EXPEDIENTE, contenido en el Acuerdo PCSJA20-11567 de 2020.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. DIEGO GUILLERMO ANAYA GONZÁLEZ Magistrado Firmado Por: Diego Guillermo Anaya Gonzalez Magistrado Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f27e576d1137d75f0a9bc52ba891618b48d888db3c6f5bc5a7bd3099bd9f9eab Documento generado en 09/05/2025 11:58:07 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica