Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA UNITARIA CIVIL DE DECISIÓN Lugar y fecha Medellín, 13 de noviembre de 2025 Proceso Verbal -Apelación sentencia - Radicado 05001310301220210046602 Demandante Luisa Fernanda Valderrama Arias Demandado Jaime de Jesús Valderrama Vallejo y otros Providencia Nro. 57 Temas Obedecimiento superior Decisión Ordena cumplir lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia que declaró inadmisible la demanda de recurso de casación formulado contra la sentencia de segunda instancia dictada por este Tribunal.
Sustanciadora: Martha Cecilia Ospina Patiño Cúmplase lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria en auto AC6995-2025 del 27 de octubre de 2025, en el que decidió declarar inadmisible la demanda presentada por Luisa Fernanda Valderrama Arias, para sustentar el recurso de casación interpuesto frente a la sentencia proferida por este Tribunal el 4 de septiembre de 2024.
Por lo anterior, no quedando pendientes asuntos por resolver, en firme la presente providencia, se ordena la devolución del expediente al Juzgado de origen, para que esa agencia judicial proceda de acuerdo a su competencia, Despacho de primer grado que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 366 Proceso Radicado Auto Obedece Superior 05001310301220210046602 numeral 2 del C.G.P. “al momento de liquidar (…) tomará en cuenta la totalidad de las condenas que se hayan impuesto en los autos que hayan resuelto los recursos, en los incidentes y trámites que los sustituyan, en las sentencias de ambas instancias y en el recurso extraordinario de casación, según sea el caso”.
NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE MARTHA CECILIA OSPINA PATIÑO Magistrada (Firma electrónica de conformidad con el artículo 105 del C.G.P. en concordancia con la Ley 2213 de 2022) Firmado Por: Martha Cecilia Ospina Patiño Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 007 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 896144808200498786afc2e1a4265273f46403cac8f0630fae31b87bcab62af1 Documento generado en 13/11/2025 11:45:33 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica