Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 99-001-2023-60568-01 DR CHAVARRO ADMITE SUSPENSIVO

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN CIVIL Bogotá D.C., dos (2) de diciembre de dos mil veinticinco (2025) Proceso Demandante Demandado Radicado Instancia Decisión Declarativo Torreón Quinta Etapa III P.H. Torreón Bienes y Construcciones S.A.S. 11001 31 99 001 2023 60568 01 Segunda instancia – apelación sentencia Admite recurso De conformidad con lo reglado por los artículos 322 y 323 del Código General del Proceso en armonía con el canon 12 de la Ley 2213 de 2022, se admite en el efecto suspensivo, el recurso de apelación interpuesto por las partes demandante y demandada contra la sentencia proferida el 6 de octubre de 2025, por la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio.

Dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este proveído, deberán sustentarse los recursos a través del correo electrónico institucional de la Secretaría de la Sala Civil de este Tribunal1, atendiendo lo estatuido por el precepto 109 del compendio procesal, so pena de declararse desierto. Presentadas en oportunidad las sustentaciones, córrase traslado por cinco (5) días a la parte contraria.

Notifíquese. JAIME CHAVARRO MAHECHA Magistrado Firmado Por: Jaime Chavarro Mahecha 1 secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co. Exp. 11001 31 99 001 2023 60568 01 Magistrado Sala 007 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a3354409f0d4f3fa89e29d8663c5fbcaaa601dc475146a645af032199e347f4b Documento generado en 02/12/2025 03:56:57 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica