Rad: 13001310300220120023603 PERTENENCIA de ANAYS DE LA CRUZ TAMARA CASTILLO y otros Vs. GABRIEL SPATH ASSAD y otros REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA SALA CIVIL – FAMILIA Magistrado Sustanciador OSWALDO HENRY ZÁRATE CORTÉS Cartagena de Indias, diez (10) de febrero de dos mil veintiséis (2026).
RADICACIÓN INSTANCIA 13001310300220120023603 SEGUNDA JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE PROVENIENTE CARTAGENA PROCESO DECLARATIVO DE PERTENENCIA ANAYS DE LA CRUZ TAMARA CASTILLO, MANUEL RAMON TAMARA CASTILLO y ENRIQUE JOSÉ RAMON TAMARA CASTILLO EN SU CALIDAD DE SUCESORES DEMANDANTES PROCESALES DE ANAYS CASTILLO DE TAMARA Q.E.P.D. GABRIEL SPATH ASSAD, HENRIETTE MARY ASSAD DE SPATH, ANTONIO CASTRO SPATH ASSAD, GLORIA ELIZABETH ASSAD SPATH, EDITH ADELA YANETH SPATH ASSAD, CONSUELO DEL CARMEN CABRALES DE LA ESPRIELLA y DEMÁS PERSONAS INDETERMINADAS y DEMANDADO DESCONOCIDAS.
ASUNTO ADMITE APELACIÓN DE SENTENCIA De conformidad con el artículo 327 del C.G.P., se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la parte demandante, contra la sentencia de 10 de octubre de 2025, proferida por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Cartagena. a. La parte recurrente deberá sustentar el recurso dentro del término de cinco (5) días, contados desde el día siguiente a aquél en que quede ejecutoriada esta providencia. Para tal fin “deberá sujetar su alegación a desarrollar los argumentos expuestos ante el juez de primera instancia”, según se desprende del inciso final del artículo 327 del C.G.P. En caso de que se sustente el recurso, la Secretaría correrá traslado a los no apelantes en la forma prevista por el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022.
“Si no se sustenta oportunamente el recurso, se declarará desierto”, conforme señalan los artículos 12 de la Ley 2213 de 2022 y 322 del C.G.P. El recurrente deberá tener en cuenta que según prevé el artículo 109 del C. G. del P., “los memoriales, incluidos los mensajes de datos, se entenderán presentados oportunamente si son recibidos antes del cierre del despacho del día en que vence el término”. 1 Rad: 13001310300220120023603 PERTENENCIA de ANAYS DE LA CRUZ TAMARA CASTILLO y otros Vs. GABRIEL SPATH ASSAD y otros b. Los escritos de las partes durante este trámite deberán ser enviados en formato PDF al correo electrónico secsalcivfam@cendoj.ramajudicial.gov.co. c. La fijación de los estados y los traslados podrá ser consultada en el micrositio asignado a la Secretaría de la Sala en la Página Web de la Rama Judicial.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Firmado Por: Oswaldo Henry Zárate Cortés Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5cdd99d73c16e7e6b9ab999bafa1114dfb90194de088901d727b6ac0a7641638 Documento generado en 10/02/2026 12:26:43 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2