Micelio

auto — Tribunal Superior de Buga

Radicado: I97-Admite2020-00108

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA SALA DE DECISIÓN LABORAL Auto Interlocutorio N° 097 Radicación No. 76-109-31-05-001-2020-00108-01 Guadalajara de Buga, trece (13) de marzo de dos mil veinticinco (2025). Verificado el examen preliminar del asunto, SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante contra el auto interlocutorio N° 71 del 25 de noviembre de 2024, mediante la cual se negó el incidente de nulidad formulada por la parte demandante; providencia proferida por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Buenaventura – (V.), dentro del Proceso Ordinario Laboral promovido por MANUEL ANTONIO VALENCIA VELÁSQUEZ contra DISTRITO ESPECIAL DE BUENAVENTURA.

Providencia susceptible del recurso de apelación de conformidad con lo previsto en el numeral 5 del art. 65 del CPT y de la SS Córrase traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días. Notifíquese en estado Firma Electrónica GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada Firmado Por: Gloria Patricia Ruano Bolaños Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: fc1500e8d103744b6736a6b49cdafe26182f69dbe8ef4e29cf5df3c767f0d2c5 Documento generado en 13/03/2025 02:19:49 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica