Micelio

auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 17. 41001-31-05-003-2018-00567-01 AutoObedeceSuperior Dr Enasheilla

Ponente: Enasheilla Polanía Gómez

República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva Sala Civil Familia Laboral Magistrada Sustanciadora: Dra. ENASHEILLA POLANÍA GÓMEZ Proceso: Ordinario Laboral Radicación: 41001-31-05-003-2018-00567-01 Demandante: CECILIA PERDOMO GUTIÉRREZ: LIBARDO MEDINA Demandado: ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PROTECCIÓN S.A. Asunto: Obedece lo resuelto por el Superior Neiva, seis (06) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024) En atención a que la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en decisión SL 3104 del 19 de noviembre de 2024, resolvió NO CASAR la sentencia emitida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, de fecha 04 de marzo de 2024, se

RESUELVE

1.- OBEDÉZCASE y CÚMPLASE lo resuelto por el superior. 2.- DEVUÉLVASE el expediente al Juzgado de origen, una vez en firme esta providencia. Notifíquese y Cúmplase. ENASHEILLA POLANÍA GÓMEZ Magistrada Sustanciadora. (41001-31-05-003-2018-00567-01) Cecilia Perdomo Gutiérrez y Libardo Medina República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva Sala Civil Familia Laboral Firmado Por: Enasheilla Polania Gomez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 331c7af2280e7cd9e73a2188a52277efeae7865305ccd9102094a161ef3e644c Documento generado en 06/12/2024 03:44:22 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica (41001-31-05-003-2018-00567-01) Cecilia Perdomo Gutiérrez y Libardo Medina