REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., dieciséis (16) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024) Radicación: 11001 31 03 008 2020 00002 02. Magistrada Sustanciadora: ADRIANA AYALA PULGARÍN 1. Tener en cuenta para los fines pertinentes lo informado por la Universidad CES1, a través del CENDES –dependencia adscrita a la Facultad de Derecho, respecto de que el valor de la experticia decretada por esta magistratura el 4 de septiembre de 20242 y encomendada a dicha institución en auto del 27 de noviembre siguiente 3, tiene un costo de “cinco (5) salarios mínimos mensuales legales vigentes siempre que la respectiva sustentación pueda llevarse a cabo de manera VIRTUAL.
Si la sustentación es de manera PRESENCIAL, los gastos serán de siete (7) smlmv”. 2. Así las cosas, y comoquiera que la sustentación de dicha pericia se puede realizar de forma virtual, con fundamento en lo previsto en el artículo 169 del Código General del Proceso, se requiere a las partes para que en el término de diez (10) días y en partes iguales cada una, acrediten el pago total de los honorarios fijados por la Universidad CES (5 smlmv), cuya instrucción fue la siguiente: “solicitamos que los gastos periciales pedidos sean consignados directamente en la cuenta de ahorro # 1024 5000033 de Bancolombia a nombre de la Universidad CES; en la referencia escribir el radicado del expediente, la corporación judicial donde se tramita, y notificar a los correos CGIRALDOR@CES.EDU.CO;
SMARIN@CES.EDU.CO; DRODRIGUEZ@CES.EDU.CO; LTORO@CES.EDU.CO - teléfono 604 444 05 55 extensión: 1601.” 1 PDF 48 – Cuaderno Tribunal. 2 PDF 21 – Cuaderno Tribunal. 3 PDF 44 – Cuaderno Tribunal. 3. Una vez realicen la consignación respectiva siguiendo las indicaciones antes señaladas, deberán informar dicho supuesto a este despacho judicial.
Notifíquese y cúmplase, Firmado Por: Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 6cec4fff6e1bbc8aaa90129efe2b6d496103755d8fef65843d5772ca76f23503 Documento generado en 16/12/2024 12:12:21 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica