TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE SINCELEJO SALA CIVIL FAMILIA LABORAL Consecutivo 70-742-31-89-001-2020-00143-01 Sincelejo, seis (06) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024 ) Viene del Juzgado Promiscuo del Circuito de Sincé, en CONSULTA, la sentencia proferida el 11 de febrero de 2021, dentro del proceso o rdinario laboral promovido por Luis Miguel Ramírez Fuentes, contra la Jorge Angel Noguera Castro y Osvaldo Antonio Torres Graciano, en su calidad de miembros del Consorcio Asfaltos 2018.
Siendo procedente el grado jurisdiccional de consulta en el caso bajo examen, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 del Código Procesal del Trabajo y la Seguri dad Social, modificado por el artículo 14 de la ley 1149 de 2007, toda vez que la sentencia de primera instancia fue totalmente adversa a las pretensiones del trabajador, se admitirá la misma, en consonancia con lo establecido en el canon 13 de la ley 2213 de 2022.
Por consiguiente, se DISPONE: 1. ADMITIR el grado de consulta de la sentencia referenciada. 2. Ejecutoriado el presente auto, por Secretaría General, SURTIR EL TRASLADO a las partes para alegar, en los términos del numeral 1° del artículo 13 de la citada ley. 3. Cumplido lo anterior, INGRESAR el proceso DESPACHO para proferir sentencia escrita.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ALEJANDRA MARÍA HENAO PALACIO Magistrada AL