Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 006-2002-00487-05 DRA GONZALEZ AUTO ORDENA DEVOLVER EXPEDIENTE

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá, D.C., treinta (30) de mayo de dos mil veinticuatro (2024). Expediente No. 11001-31-03-006-2002-00487-05 Demandante: DOREAL ENERGY COLOMBIA LTD. Demandado: HALLIBURTON LATIN AMERICA S.A. Sería del caso admitir la apelación erigida contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarenta y Cinco Civil del Circuito de Bogotá, el 05 de diciembre de 2023, mediante la cual se negaron las pretensiones de las demandas principal y de reconvención, de no ser porque se advierte que el proceso allegado se encuentra incompleto.

Para el efecto debe decirse que, se extrañan en el cuaderno principal del expediente los consecutivos 05 y 17 así como los alegatos de conclusión de la parte demandante, señalados en los antecedentes de la sentencia impugnada. Además, en el oficio remisorio No. 00387 se informó que el legajo principal contiene 1602 folios, pero solo se observan 1408.

Igualmente, no está incorporado el cuaderno contentivo del recurso de queja, resuelto por esta Corporación el 21 de marzo de 2017, bajo el radicado 006-2002-00487-04, circunstancia que refuerza que la encuadernación no fue remitida en su totalidad. Por lo anterior, se ORDENA la devolución del expediente al Despacho de origen para lo de su cargo, con las constancias de rigor.

Una vez regrese completo y organizado en debida forma, abónese nuevamente el asunto a la dependencia de esta Magistrada, con miras a desatar el respectivo recurso de apelación. Notifíquese y Cúmplase, FLOR MARGOTH GONZÁLEZ FLÓREZ MAGISTRADA