Radicado: 73001310500120180006502 República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué Sala Laboral Magistrada ponente Referencia Clase de Decisión Tipo de proceso Demandante Demandados Radicación Despacho de origen Temas y Subtemas Decisión MÓNICA JIMENA REYES MARTÍNEZ Apelación de auto Auto Ejecutivo Laboral de Primera Instancia Hugo Fernando Viña Zapata Compañía Transportadora de Valores Prosegur de Colombia S.A. 73001-3105-001-2018-00065-02 Juzgado Primero Laboral del Circuito de Ibagué. Admisión recurso y corre traslado para alegar Admite recurso y corre traslado para alegar de conclusión. Ibagué, Tolima, quince (15) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) De conformidad con el artículo 65 del CPT y de la SS, es procedente admitir el recurso de apelación interpuesto por COMPAÑÍA TRANSPORTADORA DE VALORES PROSEGUR DE COLOMBIA S.A. contra el auto proferido en la audiencia celebrada el siete (7) de octubre de 2024 por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Ibagué, por medio del cual se dio por no probada la excepción de pago total de la obligación Por otro lado, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, se dispone a correr traslado a las partes para presentar alegatos de conclusión. Se concede el término de 5 días a las partes para presentar sus alegatos.
Los escritos de alegaciones deben remitirse al correo electrónico de la Secretaría de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, ssltribsupiba@cendoj.ramajudicial.gov.co; el mensaje de remisión deberá indicar como asunto “Alegatos de conclusión”, señalando además el radicado del proceso, nombre de la demandada y Magistrado Ponente.
Los alegatos deberán remitirse en archivo PDF de tamaño mínimo para compartir en Línea. Conforme lo establecido en precedencia, esta Sala Unitaria, Radicado: 73001310500120180006502 RESUELVE:
PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación presentado por COMPAÑÍA TRANSPORTADORA DE VALORES PROSEGUR DE COLOMBIA S.A. contra la providencia emitida en audiencia celebrada el siete (7) de octubre de 2024 por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Ibagué.
SEGUNDO: CORRER traslado a las partes para presentar sus alegatos de conclusión. Los escritos deben acatar las instrucciones de remisión señaladas en la parte motiva de la decisión. Notifíquese y cúmplase, MONICA JIMENA REYES MARTINEZ Magistrada Firmado Por: Monica Jimena Reyes Martinez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 2 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: ff9d96f4da5afbcce97c07c297e6c4cebbcf46844a20a2612aca5021997bebe9 Documento generado en 15/10/2024 11:42:20 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica