REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACÁ TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE TUNJA SALA CIVIL – FAMILIA Ref.: Unión marital de hecho Rad. 1ª Inst. 15001311000120240041400 Rad. 2ª Inst. 15001311000120240041401 Rad. Int. 2026-0332 DEMANDANTE: FABIOLA CUPA SANABRIA DEMANDADO: herederos determinados e indeterminados de ESTEBAN ORLANDO GARCÍA NIÑO Tunja, treinta (30) de junio de dos mil veintiséis (2026) Debido a que atiende los requisitos legales de los artículos 321 y 322 del C.G.P., se resuelve ADMITIR, en el efecto SUSPENSIVO, el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia del 07 de abril del 2026, proferida por el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE TUNJA.
En virtud de lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo (2º) del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, se concederá a los recurrentes el término de cinco (5) días, contados a partir de la ejecutoria de la presente decisión, para que sustenten el recurso interpuesto contra la sentencia emitida en primera instancia, so pena de declararlo desierto.
El escrito deberá remitirse dentro del horario laboral establecido para este Distrito Judicial, esto es, de las 8 a.m. a 12 m y de las 1 p.m. a las 5 p.m., única y exclusivamente al correo electrónico institucional de la Secretaría de la Sala Civil - Familia de este Tribunal: sscftstun@cendoj.ramajudicial.gov.co
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE BERNARDO ARTURO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ Magistrado. 1 Firmado Por: Bernardo Arturo Rodriguez Sanchez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 003 Civil Familia Tribunal Superior De Tunja - Boyaca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 0c14642c312f050508fd8c4d4b65006ae1001dea489bb04d800726f0be84717f Documento generado en 30/06/2026 03:43:47 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica