Micelio

auto — Tribunal Superior de Cartagena

Radicado: 3. 13244318400120260006401 Auto desierto

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

PROCESO: JURISDICCIÓN VOLUNTARIA – CANCELACIÓN DE REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTO POR DUPLICIDAD RADICADO: 13244318400120260006401 DEMANDANTE: ANTONIO JOSÉ SOTO GONZÁLAEZ en calidad de cónyuge sobreviviente de la señora DORA LUZ BRETON ALTERIO REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL CARTAGENA SALA CIVIL – FAMILIA.

PROCESO: JURISDICCIÓN VOLUNTARIA – CANCELACIÓN DE REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTO POR DUPLICIDAD RADICADO: 13244318400120260006401 DEMANDANTE: ANTONIO JOSÉ SOTO GONZÁLAEZ en calidad de cónyuge sobreviviente de la señora DORA LUZ BRETON ALTERIO PROVIDENCIA: AUTO DECRETA DESIERTO Cartagena de Indias D.C y T, tres (3) de julio de dos mil veintiséis (2026) 1.

Por auto del dieciséis (16) de junio de dos mil veintiséis (2026) se admitió el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en contra de la sentencia del 3 de junio de 2026 proferida por el Juzgado primero promiscuo de Familia de El Carmen de Bolívar. Dentro del auto precitado se advirtió de forma expresa lo siguiente “Si no se sustenta oportunamente el recurso, se declarará desierto”, conforme señalan los artículos 12 de la Ley 2213 de 2022 y 322 del Código General del Proceso. 2.

La providencia fue notificada a las partes mediante estado electrónico No. 096 del 17 de junio de 2026. Una vez fenecido el término de cinco (5) días para sustentar la alzada el 24 de junio de la presente anualidad, la parte recurrente no emitió pronunciamiento alguno, tal y como se evidencia en la constancia secretarial del 2 de julio de 2026. 3.

En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en las normas citadas, se declara DESIERTO el recurso de apelación formulado por la parte demandante en contra de la sentencia del 3 de junio de 2026 proferida por el Juzgado primero promiscuo de Familia de El Carmen de Bolívar. 4. En firme esta providencia, DEVUELVASE el expediente al Juzgado de origen previas las anotaciones del caso.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JOSÉ EUGENIO GÓMEZ CALVO Magistrado Sustanciador Firmado Por: Jose Eugenio Gomez Calvo Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b669d65dd6a38cbe89070569abc5e91e216f8d5568c4256f4a451a9154ac4612 Documento generado en 03/07/2026 10:15:25 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica