REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C. cinco (5) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) Radicación: 11001 31 03 027 2013 00443 03. Tipo: Ejecutivo a continuación de ordinario. Demandante: María Emis Castro. Demandados: Walter Cesar Herrera y otro. Magistrada Sustanciadora: ADRIANA AYALA PULGARÍN Se procede a resolver el impedimento manifestado por el magistrado Marco Antonio Álvarez Gómez.
Para tal efecto adviértase que lo aducido para sustentar el impedimento no se acompasa con la causal prevista en el numeral 9 del artículo 141 del Código General del Proceso, en la medida en que para esto se requiere la existencia de una “íntima amistad” entre el funcionario judicial y “alguna de las partes, su representante o apoderado”1, escenario que no se advierte, en tanto que la persona con la que se anuncia la amistad cercana (la juez de primer grado), no ostenta ninguna de las calidades atrás referidas, en este juicio, por lo que debe negarse por improcedente.
En consecuencia, devuélvase el asunto al magistrado en comento para lo de su cargo. Notifíquese y cúmplase, 1 Énfasis no original. Radicación: 11001 31 03 001 2013 00501 01 Firmado Por: Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 1c70a4bd6705020abccd67c2baa3c70dd6b3c931cc81d051dc1e9969f453d778 Documento generado en 05/09/2025 12:18:42 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica