Micelio

auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: RecursoReposición41001-31-03-005-2022-00233-01

Honorable: TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA Sala Primera de Decisión Civil Familia Laboral Dra. ANA LIGIA CAMACHO NORIEGA Magistrada E. S. D. REFERENCIA: PROCESO EJECUTIVO DE CLINICA MEDILASER S.A.S CONTRA LA PREVISORA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A ASUNTO: SE INTERPONE RECURSO DE REPOSICION CONTRA AUTO DEL 25 DE JUNIO DE 2024 No. 388 DENTRO DEL RADICADO 41001310300520220023301 JUAN FELIPE SONS VIANA, mayor de edad y domiciliada en Bogotá D.C., identificado con la cédula de ciudadanía número 1.004.301.754 expedida en Bogotá D.C, abogado en ejercicio, portador de la Tarjeta Profesional número 360.452 del C. S. de la J., obrando en mi calidad de apoderado de la entidad demandante dentro del proceso de la referencia, muy respetuosamente y dentro del término legal concurro ante su despacho con el propósito de interponer recurso de reposición contra el proveído fechado del 25 de junio de 2024 referenciado bajo el No 388.

FUNDAMENTOS DEL RECURSO Dentro del auto recurrido ya referenciado se dispuso: “Vencido en silencio el término concedido al apoderado de la parte demandante para que allegara poder conferido por su mandante facultándolo expresamente para desistir, teniendo en cuenta que ante el A quo manifestó su intención de hacerlo frente al recurso de apelación incoado, el despacho, tras haber realizado el examen preliminar de que trata el artículo 322 del Código General del Proceso, dispondrá la admisión de las alzadas presentadas en contra de la sentencia proferida el 9 de abril de 2024, por el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Neiva.” (Subrayado y negrilla propio) Juan Felipe Sons Viana Abogado Me permito indicar que yerra el honorable despacho al manifestar que el suscrito apoderado no se pronunció frente al requerimiento emitido mediante Auto de sustanciación No. 335 del 24 de mayo de 2024.

El suscrito apoderado el día 27 de mayo de 2024, remitió correo electrónico con los documentos soportes adjuntos, dirigido al a la dirección electrónica secscnei@cendoj.ramajudicial.gov.co, mcalderu@cendoj.ramajudicial.gov.co, jacevedba@cendoj.ramajudicial.gov.co, con el asunto “RADICAICON CONTESTACION REQUERIMIENTO APODERADO DEMANDANTE RECURSODE APELACION 41001310300520220023301” Es así como se dio contestación al requerimiento realizado aportando el poder con la facultad de desistir y reafirmando el desistimiento del recurso impetrado por el suscrito.

En tal sentido, solicito se revoque parcialmente el proveído aquí recurrido, y no darse ADMISION al recurso de apelación interpuesto en audiencia. Se adjunta soporte de radicación de contestación de requerimiento y poder con facultad para desistir. Del señor Magistrado respetuosamente, JUAN FELIPE SONS VIANA Juan Felipe Sons Viana Abogado CC. 1.004.301.754 DE BOGOTA D.C TP. 360.452 DEL C.S.J Juan Felipe Sons Viana Abogado 29/5/24, 15:08 Gmail - SOLICITUD FIRMA PODER DEMANDA EJECUTIVA CONTRA LA PREVISORA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A RAD:41001… JUAN FELIPE SONS VIANA <jufesovi28@gmail.com> SOLICITUD FIRMA PODER DEMANDA EJECUTIVA CONTRA LA PREVISORA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A RAD:41001310300520220023301 2 mensajes JUAN FELIPE SONS VIANA <jufesovi28@gmail.com> Para: Notificación Judicial <notificacionjudicial@medilaser.com.co> Cc: Juan Camilo Rodriguez Charry <jcrodriguezc@medilaser.com.co> 27 de mayo de 2024, 22:44 Cordial saludo, Dra. MARIA CAROLINA SUAREZ ANDRADE, Representante Legal CLÍNICA MEDILASER S.A.S Nit. 813.001.952-0 PODER DEMANDA EJECUTIVA 41001310300520220023301 - FACULTAD DE DESISTIR RECURSOS JUAN FELIPE SONS VIANA, mayor de edad y domiciliado en Bogotá D.C., identificado con la cédula de ciudadanía número 1.004.301.754 expedida en Bogotá D.C, abogado en ejercicio, portador de la Tarjeta Profesional número 360.452 del C. S. mediante el presente, me permito remitir poder especial para iniciar y llevar hasta su proceso EJECUTIVO SINGULAR En contra de EMSSANAR EPS S.A.S, identificada con NIT: 901.021.565 – 8 y con domicilio en la ciudad de Pasto, tendiente a obtener el pago de los dineros adeudados por esa entidad, por concepto de los servicios médicos hospitalarios prestados a su población afiliada, más los intereses generados y las agencias en derecho.

Lo anterior para su correspondiente firma, y ser remitido en respuesta desde el correo notificacionjudicial@medilaser.com.co, inscrito en el Certificado de Existencia y Representación Legal. De acuerdo a lo estipulado en la ley 2213 de 2022. Adjunto lo enunciado, Atentamente, Juan Felipe Sons Viana ABOGADO Tel: 3125723249 Bogotá D.C - Colombia PODER DEMANDA EJECUTIVA LA PREVISORA.pdf 51K Notificación Judicial <notificacionjudicial@medilaser.com.co> Para: JUAN FELIPE SONS VIANA <jufesovi28@gmail.com> Cc: Juan Camilo Rodriguez Charry <JCRODRIGUEZC@medilaser.com.co> 28 de mayo de 2024, 8:40 Atento saludo.

Me permito enviar poder debidamente suscrito. Cordialmente. https://mail.google.com/mail/u/0/?ik=615bb52815&view=pt&search=all&permthid=thread-a:r4621336614559843315&simpl=msg-a:r58567407798119… 1/2 29/5/24, 15:08 Gmail - SOLICITUD FIRMA PODER DEMANDA EJECUTIVA CONTRA LA PREVISORA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A RAD:41001… De: JUAN FELIPE SONS VIANA <jufesovi28@gmail.com> Enviado: lunes, 27 de mayo de 2024 10:44 p. m. Para: Notificación Judicial <notificacionjudicial@medilaser.com.co> Cc: Juan Camilo Rodriguez Charry <JCRODRIGUEZC@medilaser.com.co> Asunto: SOLICITUD FIRMA PODER DEMANDA EJECUTIVA CONTRA LA PREVISORA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A RAD:41001310300520220023301 [El texto citado está oculto] 2 adjuntos PODER DEMANDA EJECUTIVA LA PREVISORA (2).pdf 104K 05.CAMARA DE COMERCIO CLINICA MEDILASER SAS MAYO 2024.pdf 479K https://mail.google.com/mail/u/0/?ik=615bb52815&view=pt&search=all&permthid=thread-a:r4621336614559843315&simpl=msg-a:r58567407798119… 2/2 Señor JUEZ QUINTO CIVIL DE CIRCUITO DE NEIVA E. S. D. RADICADO: 41001310300520220023301 MARIA CAROLINA SUAREZ ANDRADE, mayor de edad y domiciliada en Neiva, identificada con la cédula de ciudadanía número 36.305.150 expedida en Neiva, obrando en mi calidad de Representante Legal de la sociedad CLINICA MEDILASER S.A.S, con Nit. 813.001.952-0, muy respetuosamente me permito manifestar que confiero poder especial, amplio y suficiente al Dr. JUAN FELIPE SONS VIANA, mayor de edad y domiciliado en Bogotá D.C., identificado con la cédula de ciudadanía número 1.004.301.754 expedida en Bogotá D.C, abogado en ejercicio, portador de la Tarjeta Profesional número 360.452 del C. S. de la J., para que inicie y lleve hasta su terminación proceso EJECUTIVO SINGULAR En contra de LA PREVISORA S.A. CIA. DE SEGUROS, identificada con NIT: 860.002.400-2 y con domicilio en la ciudad de Neiva, tendiente a obtener el pago de los dineros adeudados por esa entidad, por concepto de los servicios médicos hospitalarios prestados a su población asegurada, más los intereses generados y las agencias en derecho.

Nuestro apoderado queda ampliamente facultado para conciliar, transigir, sustituir, renunciar, desistir y reasumir el presente poder dentro de todas las actuaciones y recursos, y en general desplegar todas las acciones necesarias para el buen y fiel cumplimiento de este mandato. Del señor Juez, MARIA CAROLINA SUAREZ ANDRADE CC. 36.305.150 DE NEIVA ACEPTO JUAN FELIPE SONS VIANA CC. 1004301754 DE BOGOTÁ D.C T.P. 360.452 DEL C. S. DE LA J. Correo de notificación: jufesovi28@gmail.com Juan Felipe Sons Viana Abogado 2/7/24, 16:32 Gmail - RADICAICON CONTESTACION REQUERIMIENTO APODERADO DEMANDANTE RECURSODE APELACION 41001310300… JUAN FELIPE SONS VIANA <jufesovi28@gmail.com> RADICAICON CONTESTACION REQUERIMIENTO APODERADO DEMANDANTE RECURSODE APELACION 41001310300520220023301 1 mensaje JUAN FELIPE SONS VIANA <jufesovi28@gmail.com> 29 de mayo de 2024, 15:33 Para: secscnei@cendoj.ramajudicial.gov.co, mcalderu@cendoj.ramajudicial.gov.co, jacevedba@cendoj.ramajudicial.gov.co Honorable: TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA Sala Primera de Decisión Civil Familia Laboral Dra. ANA LIGIA CAMACHO NORIEGA Magistrada E. S. D. REFERENCIA: PROCESO EJECUTIVO DE CLINICA MEDILASER S.A.S CONTRA LA PREVISORA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A ASUNTO: RECURSO DE APELACION 41001310300520220023301 JUAN FELIPE SONS VIANA, mayor de edad y domiciliado en Bogotá D.C, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.004.301.754, abogado en ejercicio, portador de la Tarjeta Profesional No. 360.452 del C. S. de la J., obrando en mi calidad de apoderado judicial de la demandante dentro del proceso de la referencia, de manera respetuosa concurro ante su despacho con la finalidad de dar respuesta al requerimiento efectuado mediante Auto de sustanciación No. 335 del 24 de mayo de 2024, el cual resolvió: “REQUERIR al apoderado de la parte actora, para que, dentro del término de ejecutoria del presente proveído, en caso de persistir la intención de desistir del recurso de apelación incoado, allegue poder conferido por su mandante, facultándolo expresamente para hacerlo.” En tal sentido me permito aportar poder debidamente conferido en donde se establece la facultad para desistir de los recursos.

De igual manera me permito manifestar que confirmo el desistimiento expresado en audiencia. Se adjuntan 3 archivos PDF. Del señor Juez respetuosamente, Juan Felipe Sons Viana ABOGADO Tel: 3125723249 Bogotá D.C - Colombia https://mail.google.com/mail/u/0/?ik=615bb52815&view=pt&search=all&permthid=thread-a:r6520127299513207744&simpl=msg-a:r-23616559177053… 1/2 2/7/24, 16:32 Gmail - RADICAICON CONTESTACION REQUERIMIENTO APODERADO DEMANDANTE RECURSODE APELACION 41001310300… 3 adjuntos MEMORIAL CONTESTA REQUERIMIENTO 2022 233 01.pdf 82K PODER DEMANDA EJECUTIVA 2022 233 FACULTAD DE DESISTIR.pdf 122K SOLICITUD FIRMA PODER 41001310300520220023301 FACULTAD DESISTIR.pdf 228K https://mail.google.com/mail/u/0/?ik=615bb52815&view=pt&search=all&permthid=thread-a:r6520127299513207744&simpl=msg-a:r-23616559177053… 2/2 Honorable: TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA Sala Primera de Decisión Civil Familia Laboral Dra. ANA LIGIA CAMACHO NORIEGA Magistrada E. S. D. REFERENCIA: PROCESO EJECUTIVO DE CLINICA MEDILASER S.A.S CONTRA LA PREVISORA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A ASUNTO: RECURSO DE APELACION 41001310300520220023301 JUAN FELIPE SONS VIANA, mayor de edad y domiciliado en Bogotá D.C, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.004.301.754, abogado en ejercicio, portador de la Tarjeta Profesional No. 360.452 del C. S. de la J., obrando en mi calidad de apoderado judicial de la demandante dentro del proceso de la referencia, de manera respetuosa concurro ante su despacho con la finalidad de dar respuesta al requerimiento efectuado mediante Auto de sustanciación No. 335 del 24 de mayo de 2024, el cual resolvió: “REQUERIR al apoderado de la parte actora, para que, dentro del término de ejecutoria del presente proveído, en caso de persistir la intención de desistir del recurso de apelación incoado, allegue poder conferido por su mandante, facultándolo expresamente para hacerlo.” En tal sentido me permito aportar poder debidamente conferido en donde se establece la facultad para desistir de los recursos.

De igual manera me permito manifestar que confirmo el desistimiento expresado en audiencia. Del señor Juez respetuosamente, JUAN FELIPE SONS VIANA CC. 1.004.301.754 DE BOGOTA D.C TP. 360.452 DEL C.S.J Juan Felipe Sons Viana Abogado