TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL Bogotá, D.C., cinco de febrero de dos mil veinticinco. Radicado: 11001 31 03 035 2018 00068 01 Proceso: Andalucía Diseño y Construcciones S.A.S. Vs. Facelco S.A.S. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, se DECLARA DESIERTO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia proferida el 11 de julio de 2024 por el Juzgado 35 Civil del Circuito, comoquiera que durante el traslado otorgado conforme a dicha normatividad no se allegó escrito de sustentación, que es la oportunidad allí prevista para dar curso a la segunda instancia. En efecto, nótese que el auto admisorio se profirió el 5 de agosto de 2024 y se notificó por estado al día hábil siguiente, y por tanto, el término para aportar memorial de sustentación venció el 20 del mismo mes, mientras que el escrito con el que se pretendió cumplir esa carga procesal se radicó hasta el 23 de agosto, de donde es clara su extemporaneidad.
Y ante tal deserción, no hay lugar a dar trámite a la apelación adhesiva formulada por Compañía Mundial de Seguros S.A., por aplicación analógica del inciso 2° del parágrafo del artículo 322 Cgp, el cual establece: “La adhesión quedará sin efecto si se produce el desistimiento del apelante principal”.
NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE El Magistrado, GERMÁN VALENZUELA VALBUENA 11001 31 03 035 2018 00068 01 Firmado Por: German Valenzuela Valbuena Magistrado Sala 019 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: c2116320a5af702a631b849d1a34be4aab1e341456266535f1835ebbc674cdba Documento generado en 05/02/2025 04:47:40 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica