Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 018-2011-00434-02 DRA GONZALEZ AUTO ADMITE

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá, D.C., cinco (05) de mayo de dos mil veinticinco (2025). Expediente No. 11001-31-03-018-2011-00434-02 Demandante: AGUSTÍN GUIZA Demandado: NUEVA EPS S.A.S. y otros. Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por Agustín Guiza, Nueva EPS S.A.S., la Fundación Hospital San Carlos y la Universidad Nacional de Colombia, contra la sentencia dictada el 18 de octubre de 2024, proferida por el Juzgado Cuarenta y Cinco Civil del Circuito Adjunto Transitorio de Bogotá. Lo anterior, en el efecto suspensivo (artículo 327 del Código General del Proceso).

Imprímasele a este asunto el trámite consagrado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, con el objetivo de resolver la segunda instancia. En firme este auto, la apelante DEBERÁ sustentar su recurso dentro de los cinco días siguientes. Se advierte que, ante su silencio, se declarará desierto el mecanismo de impugnación. Notifíquese y Cúmplase, FLOR MARGOTH GONZÁLEZ FLÓREZ MAGISTRADA Firmado Por: Flor Margoth Gonzalez Florez Magistrada Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 4fa082738892003bc4ae1873135ac4e365df8f67f882251133c408d057e2b744 Documento generado en 06/05/2025 02:32:02 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica