Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 008-2021-00451-01-DR-ACOSTA -AUTO RESUELVE REPOSICION

Sala: SALA CIVIL

Bogotá D.C., veintisiete (27) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024). DEMANDANTES MARIO JOSÉ LÓPEZ PUERTO; AMPARO TENJO PUERTO y DEMANDADOS PABLO EDUARDO LÓPEZ PUERTO. MARZORIO LTDA. EN LIQUIDACIÓN y CLASE DE PROCESO PERSONAS INDETERMINADAS. PERTENENCIA. Se resuelve sobre el recurso de reposición y en subsidio queja interpuesto contra auto del 12 de noviembre de 2024, por medio del cual se denegó otorgar el extraordinario de casación interpuesto por el demandante contra la sentencia de 28 de octubre de 2024, proferida por esta Corporación, que confirmó el fallo de primera instancia. Bien hace el recurrente en indicar que «el presente proceso judicial no cumple con la cuantía» necesaria para conceder la casación, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 338 11RecursoDeReposición\CuadernoTribunal), del C.G.P. (hoja reafirmando 3, que archivo no se satisficieron los requisitos para tal fin.

Como esto es así, y lo reconoce el mismo inconforme, no se necesitan otros argumentos para mantener lo decidido. Por lo expuesto, se

RESUELVE

Confirmar el auto del 12 de noviembre de 2024, y conceder el recurso de queja incoado. En firme el presente proveído, remítase el expediente digital a la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia para lo de su cargo. Notifíquese, Radicación Interna: 6475 R.A.B. 11001310300820210045101