Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: 2021-00298-01ReconocePersonería

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL SALA UNITARIA CIVIL FAMILIA – UNITARIAIBAGUÉ - TOLIMA Ibagué, veintiséis (26) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024). Referencia: Nulidad de contrato. Demandante: Graciela Vergara Monroy y otro. Demandado: José Ignacio Durán Cuellar. Rad: 73-001-31-03-005-2021-00298-01.

De conformidad con los artículos 74 y siguientes del Código General del proceso y atendiendo al poder obrante a folio 17 del cuaderno de segunda instancia, se RECONOCE personería adjetiva para actuar al doctor José Eduardo González Varón, portador de la Tarjeta Profesional 314.256 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado del demandado José Ignacio Durán Cuellar, en los términos y para los efectos que se informaron en el mandato adosado.

Notifíquese. RICARDO ENRIQUE BASTIDAS ORTIZ Magistrado