REPÚBLICA DE COLOMBIA – RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE PASTO SALA UNITARIA LABORAL ORDINARIO LABORAL No. 523563105001-2023-00203-01 (136) EDNA VIVIANA SUAREZ MEJÍA Vs AHMAD SHAYEB ASOCIADOS LTDA Y KARIMA EBRAHIM SHAYEB LUFTI APELACIÓN DE AUTO San Juan de Pasto, trece (13) de mayo de dos mil veinticinco (2025) Teniendo en cuenta que el apoderado judicial de la parte demandada KARIMA EBRAHIM SHAYEB LUFTI, interpone y sustenta en término recurso de apelación contra el Auto proferido el 14 de febrero de 2024, por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Ipiales, mediante el cual se negó la solicitud de nulidad pretendida, se dispondrá su admisión. Ejecutoriada la providencia se correrá traslados a las partes en los términos establecidos en el numeral 2 del artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022.
Se advierte a las partes que deben cumplir con lo establecido en los artículos 3º de la norma en cita y 78 del C.G. del P., en el sentido de remitir simultáneamente a los demás sujetos procesales vía electrónica, un ejemplar del escrito de alegatos que presenten ante esta Sala, debiendo allegar la respectiva constancia de envío. Por lo expuesto, la Sala Unitaria Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, RESUELVE:
PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación interpuesto y sustentado por el apoderado judicial de la parte demandada KARIMA EBRAHIM SHAYEB LUFTI, contra el auto proferido en el presente asunto por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Ipiales, fechado 14 de febrero de 2025, mediante el cual se negó una declaratoria de nulidad.
SEGUNDO: Ejecutoriada esta decisión CORRASE TRASLADO CONJUNTO a las partes por el término de cinco (5) días para que presenten alegatos escritos.
TERCERO: REQUERIR a las partes para que remitan a los demás sujetos procesales un ejemplar del escrito de alegatos y alleguen a la secretaria de esta Corporación constancia de envío.
CUARTO: Surtidos los traslados, se fijará fecha para proferir decisión de forma escrita.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE PAOLA ANDREA ARCILA SALDARRIAGA Magistrada Ponente Sin necesidad de firma - artículo 2° inciso 2 Ley 2213 de 2022 RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE PASTO SALA LABORAL HOY 14 DE MAYO DE 2025 NOTIFICO LA ANTERIROR DECISIÓN POR ESTADOS ELECTRONICOS LISSETE ANDREA MANTILLA PEREZ SECRETARIA