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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 000-2024-00556-00 DRA RODRIGUEZ AUTO ACEPTA RENUNCIA Y SEÑALA FECHA AUDIENCIA

Sala: SALA CIVIL

República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C. Sala Civil de Decisión Magistrada Sustanciadora SANDRA CECILIA RODRÍGUEZ ESLAVA RADICADO 11001 22 03 000 2024 00556 00 Bogotá D.C., diecisiete (17) de junio de dos mil veinticinco (2025) En atención al informe secretarial que antecede, se dispone; 1.

Aceptar la renuncia del poder arrimada por la profesional del derecho Franci Milena Farfán Salgado frente al mandato otorgado por el señor Juan Bautista Calderón Sanabria, al encontrarse ajustada a los requisitos exigidos en el artículo 76 del Código General del Proceso. Sin embargo, se le recuerda que la misma tiene efectos una vez transcurridos cinco (5) días luego de su presentación, acompañado de la comunicación enviada al poderdante en tal sentido. 2.

A fin de recaudar las pruebas decretadas en auto de 22 de abril de 2025, con la salvedad anunciada el 28 de mayo del mes pasado, se señala la hora de las 10:00 am, del 18 de julio del presente año. Para ello, tanto los deponentes, las partes, sus mandatarios como el curador ad litem designado, deberán concurrir personalmente a las salas de audiencia ubicadas en la Torre “C” de los Tribunales Superiores de Bogotá y Cundinamarca.

De la misma manera, se previene que en esa oportunidad se escucharán las alegaciones finales y, si fuere posible, se dictará sentencia de manera oral, conforme a lo previsto en los artículos 358 y 359 del Código General del Proceso, en caso contrario, se hará uso de la facultad prevista en el numeral 5º del artículo 373 del Código General del Proceso, para proferirla de manera escrita.

Por secretaría líbrense las comunicaciones respectivas.

NOTIFÍQUESE SANDRA CECILIA RODRÍGUEZ ESLAVA Magistrada Firmado Por: Sandra Cecilia Rodriguez Eslava Magistrada Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 1867f6c3631c12b23791d06126d0cdf5279dd98649b2fc65651f3fcf4fd835ec Documento generado en 17/06/2025 04:05:30 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 000 2024 00556 00