Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 002-2023-00481-02 DR CHAVARO AUTO ADMITE

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN CIVIL Bogotá D.C., diecinueve (19) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) Proceso Demandantes Demandados Radicado Instancia Decisión Ejecutivo Mota Engil Perú S.A. Suc. Colombia y otro Concivcol S.A.S. y otro 11001 31 03 002 2023 00481 02 Segunda instancia – apelación sentencia Admite recurso De conformidad con lo reglado por los artículos 322 y 323 del Código General del Proceso en armonía con el canon 12 de la Ley 2213 de 2022, se admite en el efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto por la parte ejecutante contra la sentencia proferida el 5 de junio de 2025, por el Juzgado 57 Civil del Circuito de esta ciudad.

Dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este proveído, deberá sustentarse el recurso a través del correo electrónico institucional de la Secretaría de la Sala Civil de este Tribunal1, atendiendo lo estatuido por el precepto 109 del compendio procesal, so pena de declararse desierto. Presentada en oportunidad la sustentación, córrase traslado por cinco (5) días a la parte contraria.

Notifíquese. JAIME CHAVARRO MAHECHA Magistrado Firmado Por: 1 secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co. Exp. 11001 31 03 002 2023 00481 02 Jaime Chavarro Mahecha Magistrado Sala 007 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a41389be2121bf1d84818455a9b45d3d601d144ebd227576e4f66337eb4b37a0 Documento generado en 19/09/2025 11:50:35 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica