TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUNDINAMARCA Y AMAZONAS SALA CIVIL-FAMILIA Proyecto discutido y aprobado Sala de decisión No. 20 de fecha 1 de agosto de 2024. Asunto: Unión marital de hecho de Dilsen Cifuentes Rozo contra Ilvar Leonardo Ávila Donato Exp. 2022-00116-02 Bogotá, D.C. catorce (14) de agosto de dos mil veinticuatro (2024).
ASUNTO A TRATAR Se resuelve la solicitud de corrección de la sentencia proferida el 20 de junio de 2024.
ANTECEDENTES Con pronunciamiento de 20 de junio pasado la Corporación modificó la sentencia de 11 de julio de 2023, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia de Villeta. De cara a lo anterior, el pasado 3 de julio1 se solicitó la corrección de la parte resolutiva en el numeral primero, en lo atinente al juzgado que emitió la 1 Archivo 11 1 Exp. 25875-31-84-001-2022-00116-02 Número interno 5596/2023 sentencia de primera instancia, esto es, el Promiscuo de Familia de Villeta y no el Primero de Familia de Zipaquirá como quedó anotado.
FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN La corrección, se hace al amparo del artículo 286 del C.G.P., que prevé la posibilidad de efectuarlo, aún en una sentencia, cuando “… se haya incurrido en error puramente aritmético puede ser corregido por el juez que la dictó en cualquier tiempo, de oficio o a solicitud de parte… Lo dispuesto en los incisos anteriores se aplica a los casos de error por omisión o cambio de palabras o alteración de éstas, siempre que estén en la parte resolutiva o influyan en ella”.
Observa la Corporación que es imperativo corregir la parte resolutiva de la sentencia, debido a que se enmarca en las hipótesis de la norma trascrita, toda vez que, se trata de un yerro por cambio de palabras en cuanto a la denominación del juzgado de primera instancia, en razón a que ciertamente la provenía del Juzgado Promiscuo de Familia de Villeta y no del Juzgado Primero de Familia de Zipaquirá, como equivocadamente se aludió en su numeral primero de la parte resolutiva de la sentencia. En atención a estos razonamientos, la Sala de Decisión Civil Familia del Tribunal Superior de Distrito de Cundinamarca y Amazonas, RESUELVE CORREGIR la parte resolutiva de la sentencia de segunda instancia, proferida el 20 de junio de 2024, conforme lo indicando en precedencia, la cual quedará así: 2 Exp. 25875-31-84-001-2022-00116-02 Número interno 5596/2023 “PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia de 11 de julio de 2023, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia de Villeta, Cundinamarca.” Los demás apartes de la sentencia permanecerán incólumes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ORLANDO TELLO HERNÁNDEZ Magistrado Ponente GUILLERMO RAÚL BOTTIA BOHORQUEZ Magistrado JUAN MANUEL DUMEZ ARIAS Magistrado 3 Exp. 25875-31-84-001-2022-00116-02 Número interno 5596/2023