TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE CUNDINAMARCA SALA LABORAL Magistrada Ponente: LAURA FREIDEL BETANCOURT PROCESO ORDINARIO LABORAL PROMOVIDO POR MARÍA NIEVES SALAMANCA BÁEZ CONTRA ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES y AFP PORVENIR S.A. Radicación No. 25899-31-05-001-202400246-01. Bogotá D.C., diecisiete (17) de febrero de dos mil veinticinco (2025).
AUTO Sería del caso resolver las solicitudes de terminación del proceso elevadas por los apoderados de las demandas AFP Porvenir (PDF 07 C Tribunal) y Colpensiones (PDF 09 C Tribunal), sin embargo, previo a ello, en atención a la manifestación que realizan los abogados de tales accionadas frente al traslado que efectuó la demandante del régimen de ahorro individual al de prima media con prestación definida administrado por Colpensiones, el que señalan fue aceptado por esta última administradora en virtud de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 2381 de 2024, se dispondrá requerir a la parte actora para que se sirva pronunciarse al respecto y, si es del caso, indique si es su voluntad o no dar por terminado el presente proceso.
Por lo anteriormente expuesto, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cundinamarca, RESUELVE:
PRIMERO: REQUERIR a la demandante y a su apoderado para que, dentro del término de 3 días contados a partir de la notificación de este proveído, se sirva pronunciarse respecto a las solicitudes de terminación del proceso elevadas por los apoderados de las entidades accionadas y, si es del caso, indique si es su voluntad o no dar por terminado el presente proceso, esto, en atención al traslado que efectuó la demandante del régimen de ahorro individual al de prima 2 Proceso Ordinario Laboral Promovido por: MARÍA NIEVES SALAMANCA BÁEZ Contra COLPENSIONES y AFP PORVENIR S.A. Radicación No. 25899-31-05-001-2024- 00246-01 media con prestación definida administrado por Colpensiones, conforme lo expuesto en la parte motiva.
SEGUNDO: En firme esta providencia, y de no recibir respuesta por parte de la demandante, ingrese al despacho para resolver la solicitud de terminación elevadas por las demandadas.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, LAURA FREIDEL BETANCOURT Magistrada Firmado Por: Laura Freidel Betancourt Magistrada Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Cundinamarca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 55afc0055d9ae23c4d3bbe59a5e3dccd81207d6c78180ab07b7edd2bbdf2417c Documento generado en 17/02/2025 11:08:53 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica