REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN CIVIL Bogotá D.C., cuatro (4) de abril de dos mil veinticinco (2025) Proceso Demandantes Demandados Radicado Instancia Decisión Declarativo Ana Mercedes Rico de Vargas y otros Gina Alejandra Vargas Rico 11001 31 03 003 2020 00400 01 Segunda instancia – apelación sentencia Admite recursos De conformidad con lo reglado por los artículos 322 y 323 del Código General del Proceso en armonía con el canon 12 de la Ley 2213 de 2022, se admiten en el efecto suspensivo los recursos de apelación interpuestos por las partes, contra de la sentencia proferida el 23 de octubre de 2024 por el Juzgado 3º Civil del Circuito de Bogotá. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este proveído, deberá sustentarse los recursos a través del correo electrónico institucional de la Secretaría de la Sala Civil de este Tribunal1, atendiendo lo estatuido por el precepto 109 del compendio procesal, so pena de declararse desierto.
Presentadas en oportunidad las sustentaciones, córrase traslado por cinco (5) días a la parte contraria. Notifíquese. JAIME CHAVARRO MAHECHA Magistrado 1 secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co.